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jueves, 7 de febrero de 2008

SCJN : Amparo contra reforma electoral del CCE : Desechado

  • Desecha la SCJN amparo del CCE contra reforma electoral
  • El representante legal de los empresarios, Adolfo Ernesto Arrioja Vizcaíno, deberá pagar una multa de 3 mil pesos por interponer un recurso improcedente.
Jesús Aranda
Publicado: 06/02/2008 18:39

México, DF. La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este miércoles el recurso de reclamación que interpuso el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) con el que pretendía que el máximo tribunal revisara la presunta inconstitucionalidad de la reforma electoral; además, los ministros condenaron al representante legal de la cúpula empresarial, Adolfo Ernesto Arrioja Vizcaíno, a pagar una multa de 3 mil 418 pesos por interponer un recurso improcedente.

Inicialmente, el CCE presentó una demanda de amparo contra la reforma electoral, por considerarla violatoria de los artículos 1, 6, 8, 9, 14 y 16 de la Constitución, y porque “inhibe la participación social en los procesos electorales y limita el derecho a la información”.

El recurso que fue presentado ante el décimocuarto tribunal de distrito en materia administrativa del Distrito Federal, demanda la derogación de las modificaciones al tercer párrafo del artículo 97 constitucional, con las que se elimina la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para practicar de oficio la averiguación de hechos que violen el voto público, la cual se deja a los partidos políticos, afirmó. Considera también que la reforma constitucional aprobada por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 13 de noviembre, “es violatoria de las garantías individuales de libertad de expresión y derecho a la información y asociación, así como al de tomar parte en la vida política del país”.

El recurso fue desechado por el juzgado y fue turnado a un tribunal colegiado de circuito. Sin embargo, la defensa legal del CCE presentó un recurso “varios” ante la Suprema Corte en el que le pedía a los ministros que conocieran el amparo en revisión 20/2008 que está radicado en el quinto tribunal colegiado de circuito en materia administrativa.

La petición fue desechada inicialmente por “notoriamente improcedente”, mediante un acuerdo de presidencia de la Corte, por considerar que el CCE carece de legitimación para que la Corte conociera del asunto, ya sólo los tribunales de circuito, la Procuraduría General de la República y los propios ministros pueden pedir que se ejerza la facultad de atracción cuando se trata de juicios de amparo. En contra de la decisión, el organismo empresarial interpuso el recurso de reclamación, el cual fue rechazado hoy de nueva cuenta por improcedente, pero además, se estableció la multa citada debido a que la defensa legal del CCE interpuso el recurso a sabiendas de que no tendría éxito su petición.

VALIÓ MADRE!! PORQUE LOS RICACHONES USAN SU DINERO PARA PASAR SOBRE LA VOLUNTAD POPULAR.
LOS VERDADEROS NACOS, IGNORANTES Y VULGARES SON LOS HOMBRES DE NEGOCIOS SIN ESCRÚPULOS.
LA ECOLOGIA, LA CIENCIA, LA CULTURA NO SON IMPORTANTES, MUCHO MENOS LA GENTE QUE HABITA REGIONES RURALES, A MENOS QUE LES INTERESE SUS TIERRAS, LAS ROBAN O ASESINAN A SUS PROPIERARIOS.

Está demostrado que el CCE actuó en contra de AMLO, porque no quieren pagar impuestos. FECAL no resultó negocio para esta gentuza.

Kikka Roja

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