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jueves, 24 de enero de 2008

Crece el espionaje telefónico del Cisen : propietarios de casas de cambio y empresarios, funcionarios públicos federales, legisladores y mandos

  • Sólo en lo que va de este año el organismo ha presentado diez solicitudes judiciales
  • Crece el espionaje telefónico del Cisen, revelan jueces federales
  • Estas medidas forman parte de la estrategia antinarcóticos elaborada por el Consejo de Seguridad Nacional
  • Bajo la lupa, empresarios de casas de cambio, policías y legisladores
Alfredo Méndez
Ampliar la imagen Elemento de la Agencia Federal de Investigación, durante un cateo en la ciudad de México Foto: Reuters La lucha en contra del crimen organizado en el país ha desencadenado un sinnúmero de peticiones judiciales en busca de autorización para intervenir comunicaciones telefónicas privadas.Estas medidas forman parte de la estrategia antinarco elaborada por el Consejo de Seguridad Nacional (CSN), integrado, entre otros funcionarios de primer nivel, por el presidente de la República, los secretarios de Gobernación, Defensa, Marina, Seguridad Pública, y por el titular de la Procuraduría General de la República, según lo establece la Ley de Seguridad Nacional.

Durante los primeros 23 días de este año, al menos en tres juzgados federales consultados ayer por La Jornada –tan sólo en el Distrito Federal hay 18 jueces facultados para autorizar estas medidas de vigilancia–, el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) ha solicitado diez órdenes judiciales para intervenir comunicaciones telefónicas privadas.

Vigilancia variopinta

Las personas vigiladas van desde propietarios de casas de cambio y empresarios, hasta funcionarios públicos federales, legisladores y mandos policiacos. Un juez federal que pidió el anonimato reveló que el CSN ha ordenado al Cisen que se vigile a un grupo de empresarios que presuntamente están lavando dinero procedente del narcotráfico, “pero también hay mandos de la Policía Federal Preventiva y de la Agencia Federal de Investigación, que brindan algún tipo de protección a delincuentes, y por eso están bajo la lupa”. La fuente consultada precisó que tan sólo en el juzgado a su cargo recibió en las primeras dos semanas de enero cuatro peticiones para intervenir teléfonos celulares, de casa habitación y de oficina. Destacan los casos de un empresario dedicado a las telecomunicaciones, de un alto mando de la Federal Preventiva y de un legislador. El funcionario del Poder Judicial declinó proporcionar los nombres de las personas que están bajo observación del Cisen. Tampoco aclaró si el legislador que está siendo vigilado es senador o diputado. En tanto, otras fuentes judiciales indicaron que los otros dos jueces federales que han conocido en estos primeros días de enero de seis casos de peticiones de intervención telefónica, incluyen a propietarios de casas de cambio en el Distrito Federal y los estados de México, Jalisco y Nuevo León. También se vigilan de cerca las llamadas de empresarios dedicados a los ramos textiles, del calzado y farmacéutico. En ninguno de los casos se pudo conocer el nombre de las personas vigiladas, aunque las fuentes resaltaron la inclusión de al menos dos funcionarios públicos en Tamaulipas, que desde alguna dependencia estarían dando protección a integrantes del cártel del Golfo.

Procedimiento secreto

La Ley de Seguridad Nacional, que entró en vigor en enero de 2005, durante el sexenio foxista, amplió las facultades para que los órganos de inteligencia gubernamental puedan vigilar de manera discrecional a cualquier persona que consideren esté poniendo en riesgo la seguridad nacional, aunque las intervenciones telefónicas sólo serán por un lapso no mayor de 180 días naturales. El artículo 5 de esta norma en su fracción III considera una amenaza a la seguridad nacional cualquier acto que impida a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada. De esta forma, el CSN –que está integrado por el presidente de la República, por secretarios de Estado, el titular de la PGR y el director general del Cisen– tiene facultades exclusivas para solicitar intervenciones telefónicas privadas. El artículo 33 del mismo ordenamiento refiere que “en los casos de amenaza inminente a los que se refiere el artículo 5 de esta ley, el gobierno mexicano podrá hacer uso de los recursos que legalmente se encuentren a su alcance”. Mientras que el artículo 34 establece: “De conformidad con el párrafo noveno del artículo 16 constitucional, el Cisen deberá solicitar en los términos y supuestos previstos en la presente ley, autorización judicial para efectuar intervenciones de comunicaciones privadas en materia de seguridad nacional”. El carácter de este tipo de procedimientos judiciales es “reservado y ultra confidencial”, según lo ordena el artículo 37 de la ley. De hecho, sólo un funcionario autorizado por el Centro de Investigación y Seguridad Nacional, así como el juez, auxiliado por uno de sus secretarios de acuerdos, pueden tener acceso a los expedientes de solicitud de intervención telefónica. Además, contrario a lo que sucede con todos los expedientes de las causas penales que se abren en algún juzgado de distrito, en este tipo de casos, una vez que concluye el periodo de vigilancia, el juez encargado está obligado a destruir los archivos con los que se sustentó la orden judicial.




Kikka Roja

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