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miércoles, 23 de enero de 2008

Ilegitimo penalizar a borto | Derechos fundamentales de la mujer sobre el embrion

  • Las leyes deben reconocer la pluralidad, afirman expertos en seminario sobre el tema
  • “Ilegítimo, que el Estado penalice el aborto”
  • Nadie propone su práctica; se trata de evitar un mal mayor, señala Juliana González

Ángeles Cruz Martínez

El Estado incurre en un ejercicio ilegítimo del poder cuando penaliza el aborto al determinar, a partir de una sola visión, que cuando una mujer interrumpe el embarazo comete algún delito. Es una exigencia ética y política que en las leyes se reconozca la pluralidad, incluso en los asuntos que tienen implicaciones morales, afirmaron filósofos al participar en el seminario Aborto, un debate abierto. Juliana González, investigadora emérita de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), advirtió que la pluralidad implica tolerancia, apertura, respeto al otro y aceptación genuina de la diferencia como única vía para el diálogo y la posibilidad de llegar a acuerdos.

Durante el segundo día de trabajos del seminario, que organizan universidades, instituciones académicas y organizaciones civiles, González planteó que el consenso inicial respecto del aborto es que nadie propone su práctica. Es, de hecho, algo negativo desde el punto de vista moral, sicológico y humano. Sin embargo, en ocasiones la no interrupción del embarazo puede llevar a un mal mayor, porque con la penalización las mujeres se ven forzadas a abortar en forma clandestina y en condiciones que ponen en riesgo su vida, salud y dignidad. La despenalización del aborto “no es estar en contra de la vida, sino a favor de los derechos humanos de la mujer y de la calidad de vida que se puede ofrecer a quienes llegan a ella”. En el análisis filosófico, la ex directora de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM resaltó la cercanía que existe con lo moral y la controversia sobre el momento cuando se está ante la presencia de un ser humano. Para los filósofos, dijo, esto ocurre posteriormente a la concepción.

Sin embargo, más importante es qué es el ser humano, indicó, y luego de una amplia reflexión teórica, señaló que no hay un momento absoluto en el que surge la persona, sino un proceso de desarrollo en el que van apareciendo nuevas características. A su vez, Rodrigo Guerra, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, defendió la postura de que el embrión es un ente que desde sus estadios iniciales es sujeto de derechos. Es autónomo, tiene un metabolismo propio y diferenciado del de sus progenitores, indicó. Para dar cuenta de la complejidad de la discusión, el especialista, defensor de la vida desde el momento de la concepción, señaló que la ley no debe sancionar a la mujer cuando aborta, aunque tampoco debe dejar desprotegido al no nacido. En la misma mesa donde se abordaron los aspectos filosóficos del aborto, Gustavo Ortiz Millán, miembro del Instituto de Investigaciones Filosóficas (IFF), destacó lo ilegítimo del poder que ejerce el Estado cuando penaliza el aborto sin que exista consenso sobre la definición de persona. Además, una ley es inmoral si tiene efectos negativos, dijo.

Enseguida aseguró, con base en la experiencia de otros países, que la penalización no es impedimento para que las mujeres sigan abortando y, por el contrario, en los lugares donde se ha eliminado la sanción, como Italia, la tendencia ha sido hacia la disminución de la práctica. Lo que en realidad sanciona la ley, señaló Ortiz, es la falta de prevención, el bajo nivel educativo y las condiciones de pobreza en que viven la mayoría de las mujeres que no quieren ser madres. Alejandro Herrera, investigador del IIF de la UNAM, retomó uno de los argumentos de quienes defienden al no nacido, cuando afirman que el embrión es una “persona en potencia”. Dijo que sólo las personas tienen derechos, por lo que las personas en potencia no tienen derechos, aunque en un acto de caridad se les puede tratar como si ya los tuvieran, expresó. Luego de plantear los deberes y derechos de cada actor que podría estar involucrado en el tema, el especialista dijo que los legisladores tienen el deber moral de hacer leyes respetando la pluralidad de la sociedad, mientras el Estado debe garantizar el libre ejercicio de las prácticas que las personas derivan de sus convicciones.
  • Expertos sostienen opiniones encontradas en el seminario Aborto, un debate abierto
  • Derechos fundamentales de la mujer, por encima de los del embrión, señalan
  • La interrupción generalizada del embarazo, insuficiente para su aceptación: investigadora
  • Comprobado, que antes de 12 semanas de gestación no hay función cerebral, dice Carpizo
Ángeles Cruz Martínez

Los derechos fundamentales de las personas, los de las mujeres en particular, están por encima de los del embrión, el cual está tutelado constitucionalmente, pero esto no es impedimento legal para la interrupción del embarazo, afirmó Jorge Carpizo MacGregor, ex presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. El también ex procurador general de la República resaltó que científicamente está comprobado que antes de las 12 semanas de gestación no existen funciones cerebrales, y por tanto tampoco hay pensamiento ni sentimientos.

Durante el primer día de actividades del seminario Aborto, un debate abierto, convocado por universidades, instituciones académicas y organizaciones civiles, Carpizo señaló, con base en la Constitución y en el Código Civil federal, que el embrión no tiene derechos fundamentales, los cuales están reservados para las personas, las que ya han nacido, tal como estipula el segundo ordenamiento en su artículo 22, respecto a que la capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere al nacer y se pierde con la muerte. El evento que a partir de ayer y hasta el próximo jueves tiene lugar en el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México está organizado como un diálogo interdisciplinario, en el que también se escucharon las opiniones de juristas que hablaron en favor del derecho de los no nacidos, aunque también reconocieron que la reforma al Código Penal del Distrito Federal, aprobada por la Asamblea Legislativa, es constitucional.

¿Cuándo comienza la vida?

Así lo señaló Mónica González Contró, investigadora del IIJ, quien sin embargo afirmó que en la discusión sobre el aborto se requiere abordar el aspecto ético y debatir, entre otros temas, cuándo comienza la vida. Ella misma mencionó en la mesa sobre los problemas jurídicos del aborto que el embarazo se convierte en un problema de salud cuando la mujer decide interrumpirlo, y que una práctica generalizada no es suficiente para su aceptación ética. También rechazó que los abortos clandestinos sean la única causa de la mortalidad materna, pues ésta tiene múltiples caras, la mayoría vinculadas a la miseria y la marginación. Así, se pronunció en favor de que en el debate ético se ponga atención a la falta de información y de accesos a los métodos anticonceptivos, así como a las condiciones de pobreza en que viven numerosas mujeres.

A su vez, Jorge Adame, también investigador del IIJ, señaló que organizaciones internacionales presionan a los países para reducir el crecimiento demográfico, e incluso existe una industria en las clínicas que realizan los abortos y en las empresas fabricantes de los insumos quirúrgicos. Añadió que el no nacido es un ser humano, por lo que privarlo de la vida es un acto injusto y de la misma gravedad que el homicidio. La Constitución, abundó, protege la vida desde la fecundación y en diferentes artículos se habla del derecho del producto de la concepción.

Rechazo a imponer la maternidad

Al respecto, Pedro Morales, abogado y consultor del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), subrayó que los preceptos constitucionales que hacen referencia a la protección de la vida en gestación tienen que ver con la protección de la salud de la mujer, su embarazo, en el ámbito laboral. En el supuesto de que el concebido y no nacido, agregó, tuviera carácter de persona, o fuera titular de derechos, no sería razón suficiente para penalizar el aborto. Puso el ejemplo de Alemania, donde se reconoce la titularidad del derecho a la vida del concebido y no nacido, pero lo limita a que tal protección no puede ser llevada al extremo de imponer incondicionalmente la maternidad a la mujer. En esa nación europea, la interrupción del embarazo es legal hasta la semana 12 de gestación y se aplica en los casos que para la mujer representa una carga desproporcionada, expuso. Más tarde, en un diálogo interdisciplinario en el que participaron Carpizo, Ruy Pérez Tamayo, miembro fundador del Colegio de Bioética, y Margarita Valdés, investigadora del Instituto de Investigaciones Filosóficas, el primero resaltó la importancia de que el legislador y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) utilicen en su actividad la información y adelantos de la ciencia médica.

Se pronunció a favor de la reforma al Código Penal del Distrito Federal, cuya constitucionalidad será discutida en la SCJN. Apuntó que la del aborto es una batalla en favor de los derechos humanos de las mujeres, quienes deben tener garantizada su libertad de tomar decisiones de manera individual, así como la protección de su salud física y síquica.

Kikka Roja

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