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viernes, 25 de enero de 2008

SCJN : Sin violencia también se comete abuso sexual

Sin violencia también se comete abuso sexual: SCJN
jornada online
La ausencia de fuerza física no es necesaria para llevar a cabo el abuso, sino a la que se ejerce sobre la víctima como un medio para consumar dicho delito, determinaron. México, DF. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que no es necesario que se ejerza la fuerza física o moral contra un menor de edad para que se configure el delito de abuso sexual equiparado. En su sesión de este miércoles, la Primera Sala de la Corte precisó que comete delito de abuso sexual equiparado la persona que introduzca por vía vaginal o anal cualquier instrumento en persona menor de 12 años sin hacer uso de la fuerza física o moral. De esta forma, los ministros negaron el amparo a un quejoso que alegó la inconstitucionalidad de la fracción I, del Artículo 27 de la Legislación Penal de Aguascalientes y subrayaron que esa normatividad indica que no es necesario que se cometa violencia para que se dé el abuso sexual de un menor.

En la determinación, el alto tribunal puntualizó que la ausencia de fuerza física no se refiere a que ésta sea necesaria para llevar a cabo la conducta ilícita, sino a la que se ejerce sobre la víctima como un medio para consumar dicho delito. El quejoso argumentó que la redacción de la fracción impugnada es oscura e imprecisa en cuanto a la modalidad de la conducta que se prohíbe, pero la Sala del alto tribunal precisó que el legislador atendió a la calidad especial del sujeto pasivo, en este caso, los menores de 12 años.

Kikka Roja

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