LIBERACIÓN de preso politico VICTIMA del GOBIERNO EPN : Primera reparación del Estado mexicano a una de sus víctimas
Primera reparación del Estado mexicano a una de sus víctimas
Proceso Jorge Carrasco Araizaga
MÉXICO, D.F., (proceso.com.mx).- El Estado mexicano deberá pagar 805 mil pesos a una persona que fue acusada falsamente y sometida a proceso penal por el gobierno federal por delincuencia organizada.
La víctima fue detenida de forma arbitraria por fuerzas federales y obligada a declararse integrante de una organización delictiva, por lo que pasó 21 meses en prisión.
El procesado fue absuelto por la justicia debido a la falta de elementos en su contra. El juez determinó que los aprehensores y el ministerio público federal violaron el debido proceso y los derechos humanos del acusado.
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) tomó el caso para convertirlo en la primera reparación integral del daño desde su creación, hace un año.
El pleno de la CEAV presentó el caso como inédito en México por tratarse de “la primera reparación integral con medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y no repetición” a una víctima directa de violaciones a sus derechos humanos y a sus padres como víctimas indirectas.
El organismo gubernamental señaló que los actos de las autoridades federales “afectaron profundamente” a la persona en sus ámbitos laboral, económico y social, porque fue dañada su reputación al ser señalada como delincuente, además de que causaron daño moral a su familia.
Como medidas de restitución, el gobierno federal deberá buscar su reincorporación laboral y eliminar su ficha policial. Para su rehabilitación, se tendrá que facilitar su reincorporación a sus estudios y junto con su familia deberá recibir de forma permanente atención psicológica o psiquiátrica.
Con base en los parámetros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los comisionados determinaron que como compensación se le pague 805 mil 582 pesos con 65 centavos por daño moral, lucro cesante, pago de gastos y costas judiciales, y los pagos de transporte, alojamiento, comunicación y alimentación.
Por lo que hace a las medidas de satisfacción estableció que además de reconocerlos como víctimas directa e indirectas, se debe determinar la responsabilidad de los servidores públicos que detuvieron a la víctima.
Para la no repetición, los comisionados resolvieron que la dependencia implicada deberá dar “cursos de capacitación” para “salvaguardar los derechos humanos”.
La resolución se tomó luego de que el 16 de enero pasado se publicaran los lineamientos de funcionamiento del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral y que el 28 de noviembre de 2014 se publicara el Reglamento de la Ley General de Víctimas.
http://www.proceso.com.mx/?p=394275
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kikka-roja.blogspot.com
Primera reparación del Estado mexicano a una de sus víctimas
Proceso Jorge Carrasco Araizaga
MÉXICO, D.F., (proceso.com.mx).- El Estado mexicano deberá pagar 805 mil pesos a una persona que fue acusada falsamente y sometida a proceso penal por el gobierno federal por delincuencia organizada.
La víctima fue detenida de forma arbitraria por fuerzas federales y obligada a declararse integrante de una organización delictiva, por lo que pasó 21 meses en prisión.
El procesado fue absuelto por la justicia debido a la falta de elementos en su contra. El juez determinó que los aprehensores y el ministerio público federal violaron el debido proceso y los derechos humanos del acusado.
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) tomó el caso para convertirlo en la primera reparación integral del daño desde su creación, hace un año.
El pleno de la CEAV presentó el caso como inédito en México por tratarse de “la primera reparación integral con medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y no repetición” a una víctima directa de violaciones a sus derechos humanos y a sus padres como víctimas indirectas.
El organismo gubernamental señaló que los actos de las autoridades federales “afectaron profundamente” a la persona en sus ámbitos laboral, económico y social, porque fue dañada su reputación al ser señalada como delincuente, además de que causaron daño moral a su familia.
Como medidas de restitución, el gobierno federal deberá buscar su reincorporación laboral y eliminar su ficha policial. Para su rehabilitación, se tendrá que facilitar su reincorporación a sus estudios y junto con su familia deberá recibir de forma permanente atención psicológica o psiquiátrica.
Con base en los parámetros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los comisionados determinaron que como compensación se le pague 805 mil 582 pesos con 65 centavos por daño moral, lucro cesante, pago de gastos y costas judiciales, y los pagos de transporte, alojamiento, comunicación y alimentación.
Por lo que hace a las medidas de satisfacción estableció que además de reconocerlos como víctimas directa e indirectas, se debe determinar la responsabilidad de los servidores públicos que detuvieron a la víctima.
Para la no repetición, los comisionados resolvieron que la dependencia implicada deberá dar “cursos de capacitación” para “salvaguardar los derechos humanos”.
La resolución se tomó luego de que el 16 de enero pasado se publicaran los lineamientos de funcionamiento del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral y que el 28 de noviembre de 2014 se publicara el Reglamento de la Ley General de Víctimas.
http://www.proceso.com.mx/?p=394275
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