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martes, 24 de marzo de 2009

Banusa: Miguel Ángel Granados Chapa

PLAZA PÚBLICA
Banusa
Miguel Ángel Granados Chapa
24 Mar. 09

Con una interpretación especiosa del artículo 13 de la ley bancaria (y el 18 de la ley de agrupaciones financieras, citado por la propia autoridad) la Secretaría de Hacienda juzga innecesario actuar en el caso de Banamex

Mediante una interpretación especiosa que acaso no permaneciera firme de ser sometida a los tribunales, la Secretaría de Hacienda determinó el jueves pasado que no afecta el interés nacional el hecho de que el gobierno de Estados Unidos tenga el control de Citigroup, propietario a su vez de Banamex. De ese modo la denominación comercial de ese banco podría mudarse a Banusa, puesto que la autoridad hacendaria niega lo evidente, que esa institución bancaria viola no sólo el artículo 13 de la ley de instituciones de crédito sino también el 18 de la ley de agrupaciones financieras, traído a la discusión por la propia Secretaría.

Hacienda difundió el 19 de marzo su parecer sobre la actual situación de Banamex. Lo hizo en un documento titulado "Implicaciones de los programas de apoyo implementados por gobiernos extranjeros con motivo de la crisis global sobre el sistema financiero nacional". En él se afirma sin vacilar que "los programas de apoyo de gobiernos extranjeros no violan la legislación mexicana". Ésa es una falacia, porque se discuten no los programas de apoyo en sí mismos, que los gobiernos tienen pleno derecho a aplicar en su ámbito territorial. Lo que puede causar problema, y así lo reconoce la propia autoridad al anunciar una iniciativa de reforma legal que lo prevenga e impida, es el hecho de que un gobierno extranjero participe en el capital social de un banco que fue mexicano y opera en México (y que, para colmo, ostenta una denominación que hasta propicia la confusión con el banco central).

Hacienda considera, refiriéndose a la prohibición establecida en el citado artículo 13 de la ley bancaria, que "la norma no abarca casos de emergencia derivados de crisis globales, ni la participación mayoritaria de inversión extranjera". Es cierto que la regla no previno la crisis global, pero concibió una situación general, que abarca las diversas posibilidades específicas: los gobiernos extranjeros "no podrán participar en forma alguna en el capital social de las instituciones de banca múltiple". Sin que importe el origen de la intervención gubernamental ni sus propósitos, el gobierno de Washington no puede participar de ninguna manera en el capital. Hacienda asegura lo contrario y pretende sustentar su tesis además en el Tratado de Libre Comercio, apegándose al cual se ha otorgado apoyo. Es un argumento superfluo, porque en México no nos atañe el fundamento del gobierno de Estados Unidos para actuar como lo hace. Es propio de su soberanía actuar como lo haga. Pero es propio de la nuestra prevenir las consecuencias de que las operaciones de uno de los principales bancos en el país no se realicen conforme a las necesidades mexicanas y de acuerdo a la legislación nacional.

En una obvia contradicción consigo misma, Hacienda cita la ley de agrupaciones financieras, más reciente que la bancaria (dato que importa pues la autoridad desdeña la de instituciones de crédito por una presunta obsolescencia). Su artículo 18 contiene exactamente la misma prohibición que el 13 citado. Y aunque asegura que la participación de gobiernos extranjeros "no está sancionada... con la revocación de la autorización para operar como entidad financiera", no puede menos que aceptar que el incumplimiento del 18 de la ley de agrupaciones "se sanciona con la venta forzosa de las acciones del grupo financiero transmitidas en contravención a la ley". Hacienda busca escapar de su contradicción asegurando que "para que esa sanción sea aplicable, se requiere que la compra sea directa", pero el artículo 27 H de la propia ley admite la posibilidad de que la adquisición sea directa o indirecta. Así lo dispone en el capítulo referido a las filiales de banca extranjera, en cuyo régimen, según Hacienda, no se estableció la prohibición a gobiernos extranjeros. No se estableció, ciertamente, porque ya existía en general, en la propia ley de 1990, reformada tres años más tarde, y en la ley bancaria.

En vez de enfrentar una situación presente, Hacienda escapa hacia el futuro con el anuncio de una iniciativa que, sin derogar la prohibición multimencionada, establezca excepciones cuando sea estrictamente necesario "afrontar situaciones de crisis como las que se presentan hoy día". Al fugarse hacia delante, al permitir que un gobierno extranjero opere este principal banco mexicano, Hacienda se ata las manos ante eventualidades que dice que regulará en el futuro, pero que no serán sancionables si se producen antes de que la reforma se consume: la distribución de dividendos al exterior aun cuando afecten la solvencia y solidez de Banamex, que es el caso concreto de que hablamos. La nueva legislación, dice Hacienda con un realismo ante cuya confesión no sabemos si reír o llorar, "contemplará un régimen efectivo de sanciones en caso de incumplimiento". No como el de ahora, reconocido así como ineficaz.

El ex secretario de Hacienda Jesús Silva Herzog y quien fue su subsecretario, Francisco Suárez Dávila, tacharon de lamentable el documento de Hacienda, y lo descalifican por "débil, inconsistente y falaz". Deploran que a partir de esa posición "se pierda la gran oportunidad histórica de que, sustentada en la aplicación de la ley, se revierta para los mexicanos -sea su gobierno, sus banqueros, sus empresarios- la propiedad" de Banamex. Los ex funcionarios terminan sugiriendo al Congreso iniciar una controversia constitucional que ponga en cuestión la capciosa interpretación del ministerio que encabezaron (El Universal, 23 de marzo).

Cajón de Sastre

No obstante que la dirección de la Canacar (Cámara nacional del transporte de carga) anunció haber llegado a un acuerdo con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, según el cual se cancelaría el paro de vehículos que se realizaría ayer lunes, un importante número de unidades suspendió sus recorridos normales y se concentró en la Ciudad de México y algunas de sus principales carreteras de acceso. Al parecer, los miembros de la Canacar, y con mayor razón otros transportistas no afiliados a ella, no hallaron razonable abstenerse de la medida de presión que habían planeado en pos del congelamiento y aun rebaja del precio del diesel. Eso ocurre cuando los representantes no lo son en realidad y no abogan por las causas que afectan a la base de los organismos, ni hay contacto entre tal base y la cúpula.


Correo electrónico: miguelangel@granadoschapa.com
kikka-roja.blogspot.com/

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