..y que la maaandan a lavarse las patas : ley televisa. Ascárraga: te cagates o ya te chingates muñeco... ¡le quitaron las pinches comas a tu ley!
Anula Corte procedimiento de Congreso sobre ley de medios
Invalidan ministros la renovación automática de concesiones de radio y tv, lo que constituía uno de los puntos más importantes que fueron impugnados en el juicio que promovieron 47 senadores de la anterior legislatura
Carlos Avilés
El Universal Ciudad de México
Jueves 31 de mayo de 2007 15:11 La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló el procedimiento que estableció el Congreso de la Unión para que los actuales concesionarios de radio y televisión pudieran refrendar sus concesiones sin que tuvieran que participar en un nuevo proceso de licitación y sin que le pagaran al Estado por permitirles seguir operando el espectro radioeléctrico de la nación. La mayoría de ministros del máximo tribunal llegaron a la conclusión de que esta disposición, contenida en la segunda parte del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión, es violatoria de diversas garantías previstas en la Constitución. Con esta decisión la SCJN invalidó uno de los puntos más importantes que fueron impugnados en el juicio de las leyes de medios por 47 senadores de la anterior legislatura. Los ex senadores del PAN Javier Corral, y del PRI Manuel Bartlett y Dulce María Sauri, quienes promovieron el juicio y estuvieron presentes en la sesión de la Corte, se congratularon con la decisión de la Corte porque, dijeron, sienta las bases para comenzar a desarticular los privilegios indebidos que se les otorgaron, principalmente a las televisoras, con las leyes de medios. La Corte evitó que los actuales dueños de las empresas de radio y televisión contaran con una concesión a perpetuidad, aseguraron los ex legisladores. Con base en la decisión que adoptó el pleno de la Corte, por 8 votos contra 1, los actuales propietarios de empresas de radio y televisión tendrán que participar en un nuevo proceso de licitación cuando termine el periodo para el cual se les concesionó el espectro radio eléctrico propiedad de la nación.
Esta medida, aseguraron los ministros, garantizará que los actuales concesionarios tengan que pagarle al estado nuevamente si les refrenda la concesión, algo de lo que se les pretendía librar con la parte del artículo que fue anulado. El único punto del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión que se mantuvo vigente es el que les otorga a los actuales concesionarios el derecho a que el gobierno les de preferencia sobre otros particulares que compitan en la licitación por la concesión del espacio radioeléctrico en disputa. Aunque esto no les garantiza que se vayan a quedar con la concesión que tienen, porque existe la posibilidad de que ésta se le pueda otorgar a alguien más si existe una mejor propuesta. La mayoría de ministros del Pleno se pronunció por declarar inconstitucional este punto que le otorga una preferencia futura a los actuales concesionarios sobre los demás, contenido en la primera parte del artículo 16 de la Ley, pero no lograron reunir los 8 votos que se requerían para anular dicha disposición. De los nueve ministros que actualmente integran la sesión, seis se pronunciaron por declarar inconstitucional la primera parte del artículo 16 de la Ley en cuestión, contra 3 que apoyaron esta medida. Y al final la minoría fue la que se impuso en este tema, porque impidió que se reunieran los ocho votos que se requerían para hacer una declaración de inconstitucionalidad. Los ministros de la SCJN dejaron pendiente, para la próxima semana decidir si es constitucional o no que la Ley establezca que las concesiones se otorguen por un periodo de 20 años.
El Pleno de la Corte también decidirá en las próximas sesiones si el mecanismo que se estableció para que las licitaciones de las concesiones de radio y televisión se realicen mediante subasta viola o no la Constitución. Para avanzar más rápido en la resolución del juicio de las leyes de medios, el cual inició desde hace dos semanas, los ministros de la Corte acordaron que a partir de la próxima semana sesionarán los cinco días de la semana, en un horario ampliado de 10:00 a 15:00 horas. Las sesiones podrán seguir siendo vistas en vivo a través del Canal Judicial y del portal de internet de la Corte.
Carlos Avilés
El Universal Ciudad de México
Jueves 31 de mayo de 2007 15:11 La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló el procedimiento que estableció el Congreso de la Unión para que los actuales concesionarios de radio y televisión pudieran refrendar sus concesiones sin que tuvieran que participar en un nuevo proceso de licitación y sin que le pagaran al Estado por permitirles seguir operando el espectro radioeléctrico de la nación. La mayoría de ministros del máximo tribunal llegaron a la conclusión de que esta disposición, contenida en la segunda parte del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión, es violatoria de diversas garantías previstas en la Constitución. Con esta decisión la SCJN invalidó uno de los puntos más importantes que fueron impugnados en el juicio de las leyes de medios por 47 senadores de la anterior legislatura. Los ex senadores del PAN Javier Corral, y del PRI Manuel Bartlett y Dulce María Sauri, quienes promovieron el juicio y estuvieron presentes en la sesión de la Corte, se congratularon con la decisión de la Corte porque, dijeron, sienta las bases para comenzar a desarticular los privilegios indebidos que se les otorgaron, principalmente a las televisoras, con las leyes de medios. La Corte evitó que los actuales dueños de las empresas de radio y televisión contaran con una concesión a perpetuidad, aseguraron los ex legisladores. Con base en la decisión que adoptó el pleno de la Corte, por 8 votos contra 1, los actuales propietarios de empresas de radio y televisión tendrán que participar en un nuevo proceso de licitación cuando termine el periodo para el cual se les concesionó el espectro radio eléctrico propiedad de la nación.
Esta medida, aseguraron los ministros, garantizará que los actuales concesionarios tengan que pagarle al estado nuevamente si les refrenda la concesión, algo de lo que se les pretendía librar con la parte del artículo que fue anulado. El único punto del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión que se mantuvo vigente es el que les otorga a los actuales concesionarios el derecho a que el gobierno les de preferencia sobre otros particulares que compitan en la licitación por la concesión del espacio radioeléctrico en disputa. Aunque esto no les garantiza que se vayan a quedar con la concesión que tienen, porque existe la posibilidad de que ésta se le pueda otorgar a alguien más si existe una mejor propuesta. La mayoría de ministros del Pleno se pronunció por declarar inconstitucional este punto que le otorga una preferencia futura a los actuales concesionarios sobre los demás, contenido en la primera parte del artículo 16 de la Ley, pero no lograron reunir los 8 votos que se requerían para anular dicha disposición. De los nueve ministros que actualmente integran la sesión, seis se pronunciaron por declarar inconstitucional la primera parte del artículo 16 de la Ley en cuestión, contra 3 que apoyaron esta medida. Y al final la minoría fue la que se impuso en este tema, porque impidió que se reunieran los ocho votos que se requerían para hacer una declaración de inconstitucionalidad. Los ministros de la SCJN dejaron pendiente, para la próxima semana decidir si es constitucional o no que la Ley establezca que las concesiones se otorguen por un periodo de 20 años.
El Pleno de la Corte también decidirá en las próximas sesiones si el mecanismo que se estableció para que las licitaciones de las concesiones de radio y televisión se realicen mediante subasta viola o no la Constitución. Para avanzar más rápido en la resolución del juicio de las leyes de medios, el cual inició desde hace dos semanas, los ministros de la Corte acordaron que a partir de la próxima semana sesionarán los cinco días de la semana, en un horario ampliado de 10:00 a 15:00 horas. Las sesiones podrán seguir siendo vistas en vivo a través del Canal Judicial y del portal de internet de la Corte.
Radio y TV: anula SCJN refrendo automático de concesiones
Notimex / La Jornada On Line
31/05/2007 15:53
El ministro Fernando Franco González-Salas manifestó que el Artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión establecía un margen de discrecionalidad de la autoridad que es "muy peligroso".
- Estaba aprobado a perpetuidad y sin que mediara pago de una contraprestación al Estado
- Golpe a la ley Televisa; declara la Corte inconstitucional el refrendo automático
- Viola la libertad de expresión, el derecho a la información y la libertad de prensa, dicen ocho ministros
ANDREA BECERRIL, JESUS ARANDA
Los ministros Genaro David Góngora, José Fernando Franco, Beatriz Luna Ramos y Sergio Salvador Aguirre Anguiano, durante las deliberaciones en la Suprema Corte
Juan N. Silva y Olga Sánchez Cordero, durante la sesión de la Corte Foto: Guillermo Sologuren
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó el primer golpe importante con miras a la desarticulación de la ley Televisa, al declarar inconstitucional el refrendo automático y a perpetuidad de las concesiones de radio y televisión, sin el pago de una contraprestación al Estado, que se establece en la legislación impugnada. Con esta decisión, que motivó un intenso debate, el tribunal echó abajo uno de los puntos centrales de la citada ley, que asegura a las dos grandes cadenas televisoras un largo dominio sobre el espectro radioeléctrico. El pleno determinó que los actuales concesionarios tienen que someterse al proceso de licitación para renovar la concesión que ya detentan.
Por ocho votos contra uno, se modificó la propuesta original del ministro instructor Sergio Salvador Aguirre Anguiano, quien pese a la argumentación mayoritaria se mantuvo ''en sus 13'', como él mismo dijo, y votó en contra. El ministro Genaro Góngora Pimentel insistió en que este es un asunto que tiene que ver con la rectoría del Estado y la libertad de expresión. ''No se trata de borrar del mapa a ningún sector de la radiodifusión, porque eso sería pasar de un extremo a otro'', sino establecer un marco jurídico de equidad donde tengan cabida la mayor cantidad de voces, de acuerdo a la pluralidad que existe en el país. Con las reglas actuales, insistió, ''se propiciará un régimen que privilegie al mejor postor, generando un déficit de libertad intolerable'' y ello ''llevará a la quiebra del sistema democrático''. El ponente Aguirre Anguiano defendió a ultranza la constitucionalidad del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRT), en el que se establece que ''el término de una concesión será de 20 años y podrá ser refrendada al mismo concesionario, que tendrá preferencia sobre terceros. El refrendo de las concesiones, salvo en el caso de renuncia, no estará sujeto al procedimiento del artículo 17 de esta ley''.
En tanto, el artículo 17 precisa que las concesiones ''se otorgarán mediante licitación pública'' y ''el gobierno federal tendrá derecho a recibir una contraprestación económica por el otorgamiento de la concesión correspondiente''. La discusión se centró en el último tramo del artículo 16, que se refiere al refrendo de concesiones de manera automática, sin necesidad de licitarlas, ya que la otra parte del artículo, que alude a que las concesiones serán por 20 años, será materia de otra discusión. Aguirre sostuvo que no es inconstitucional el artículo 16, toda vez que quienes ahora tienen ya una concesión pasaron por licitación previa, además de que en la Ley Federal de Telecomunicaciones existen los mecanismos para que la autoridad revoque concesiones en caso de que incurran en irregularidades. ''En todo caso, estamos hablando de un problema de aplicación de la ley, y si alguien titubea o es medroso para aplicarla esto es lamentable''. Inclusive aludió a la falta de ''testosterona'', pero ello, insistió, no encierra un problema de inconstitucionalidad, siempre y cuando se cumpla con los términos de la concesión. ''No veo por qué no puedan prorrogarse, cumpliendo con la Constitución y sin que esto signifique eliminar de la competencia a nadie, cuando menos en este momento en que todo nos indica que hay dema-sías no comprometidas del espectro radioeléctrico''.
No me asusta que el concesionario pueda detentar 100 años la concesión, porque presupone que ha cumplido con la ley, dijo, y sacó a relucir la opinión de expertos, quienes comentaron a los ministros que 4 por ciento de las frecuencias y de las bandas está concesionado a televisoras del Distrito Federal, lo que a su juicio significa que hay gran cantidad de espacios para otros concesionarios. Sus argumentos fueron refutados. De entrada, Olga Sánchez Cordero señaló que Aguirre partía de premisas inexactas, toda vez que los actuales concesionarios de radiodifusión no participaron en ninguna licitación pública para obtenerlas, pues en esa época se otorgaban de manera discrecional, al libre juicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Luego, el ministro Juan N. Silva Meza recordó que ''el espectro radioeléctrico es finito, limitado y de difícil acceso, y de ahí que no sea admisible imponer, como lo hace el artículo 16 de la LFRT, barreras de entrada a nuevos competidores''.
Asimismo, explicó, se viola el artículo 28 constitucional, porque impedir que nuevos actores tengan acceso a las concesiones de radio y televisión puede llegar a generar la concentración de los medios. También lo encontró violatorio del artículo primero constitucional, ya que se violenta el principio de igualdad, y además no le asegura al Estado recibir una contraprestación económica por el otorgamiento del refrendo de la concesión, toda vez que los nuevos concesionarios sí deben realizar ese pago. Coincidió con Góngora Pimentel en que el refrendo automático y a perpetuidad viola además la libertad de expresión, el derecho a la información, la libertad de prensa y el acceso equitativo a los medios de comunicación, consagrados en los ar-tículos 6 y 7 de la Carta Magna. Al señalamiento de Aguirre, de que las autoridades pueden incluso revocar concesiones si éstas no se apegan a la ley, Góngora Pimentel respondió que no es cuestión de ''testosterona o estrógeno'', ya que ''aun el servidor público más valiente tendrá muy poco qué hacer ante un texto que no le da ningún margen para renovar la concesión''. Y añadió que la llamada ley Televisa sólo les autoriza a refrendar salvo que el concesionario renuncie a la misma. El ministro Fernando Franco recalcó que con el refrendo automático, sin licitación, se pone en riesgo la rectoría del Estado, ya que se trata de un bien del dominio público que pertenece a la nación. En ese sentido, explicó, la autoridad debe comprobar el buen uso de las concesiones, sobre todo dada la importancia creciente que tienen los medios electrónicos de comunicación.
Sin argumentar sobre ''los buenos o malos de la película'', como él mismo lo dijo, Mariano Azuela sostuvo que el refrendo automático es inconstitucional, pasa además por encima del artículo 134 de la Carta Magna, en el que se precisa que la licitación pública es el mecanismo para concesionar bienes de la nación. El artículo 16 de la LFRT, resumió, crea un sistema ambiguo ya que no se sabe qué es lo que se puede refrendar y cuándo. Por su parte, el presidente de la Suprema Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, argumentó que considera inconstitucional el artículo 16, porque exime a los concesionarios que ya operan redes de radio y televisión, de pagar una contraprestación al Estado por el refrendo de la autorización. Reveló que si la contraprestación queda reducida al pago previsto por la expedición del título, que prevé la ley, y que son 8 mil 233 pesos, y el pago de derechos, cuyo costo máximo es 49 mil 393 pesos, ''no hay correspondencia'' con la magnitud del bien concesionado. Aguirre Anguiano defendió su postura y argumentó que, en todo caso, habría que reformar la Ley Federal de Derechos y que el Estado pueda cobrar en serio, no de chiste, la renovación de la concesión. ''Coincido en que esto vale mucho dinero, que el espectro propiedad del Estado mexicano probablemente sea el segundo recurso más importante con que contamos, sin embargo, nada tiene que ver respecto de la constitucionalidad de la norma''.
Antes de la votación, Góngora Pimentel recalcó que nadie quiere acabar con los actuales concesionarios de radio y televisión. ''Queremos que se sujeten a las leyes y a la Constitución''. El único ministro que se mostró indeciso fue Sergio Valls, quien incluso pidió a Aguirre que ampliara sus argumentos para poder así definir su criterio. Sin embargo, en esos momentos de duda un ministro se le acercó y le dijo: ''Sergio, esta ley sólo la puede tirar la Suprema Corte''. Finalmente, se sumó a la mayoría necesaria de ocho votos para anular el refrendo automático y a perpetuidad. En la misma votación se pretendía anular todo el artículo 16, y no sólo el segundo tramo del mismo, pero Mayagoitia, Luna Ramos y Aguirre argumentaron que el tema de los 20 años de las concesiones será discutido por separado.
Los ex senadores Javier Corral, Manuel Bartlett y Dulce María Sauri consideraron que es una primera victoria importante, aunque faltan otros temas trascendentales por resolver, como el artículo 28 de la LFRT, en que se concentran los privilegios para que las televisoras amplíen sus negocios. ''Este es uno de los cinco asuntos que nosotros señalamos eran importantes y se avanza un buen tramo para invalidar la ley Televisa'', sostuvo Corral. Antes de concluir la sesión, el ministro presidente, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, adelantó que la próxima semana el pleno trabajará de manera extraordinaria todos los días y ampliará dos horas las sesiones. La intención es concluir con este asunto a más tardar el viernes próximo.
Juan N. Silva y Olga Sánchez Cordero, durante la sesión de la Corte Foto: Guillermo Sologuren
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó el primer golpe importante con miras a la desarticulación de la ley Televisa, al declarar inconstitucional el refrendo automático y a perpetuidad de las concesiones de radio y televisión, sin el pago de una contraprestación al Estado, que se establece en la legislación impugnada. Con esta decisión, que motivó un intenso debate, el tribunal echó abajo uno de los puntos centrales de la citada ley, que asegura a las dos grandes cadenas televisoras un largo dominio sobre el espectro radioeléctrico. El pleno determinó que los actuales concesionarios tienen que someterse al proceso de licitación para renovar la concesión que ya detentan.
Por ocho votos contra uno, se modificó la propuesta original del ministro instructor Sergio Salvador Aguirre Anguiano, quien pese a la argumentación mayoritaria se mantuvo ''en sus 13'', como él mismo dijo, y votó en contra. El ministro Genaro Góngora Pimentel insistió en que este es un asunto que tiene que ver con la rectoría del Estado y la libertad de expresión. ''No se trata de borrar del mapa a ningún sector de la radiodifusión, porque eso sería pasar de un extremo a otro'', sino establecer un marco jurídico de equidad donde tengan cabida la mayor cantidad de voces, de acuerdo a la pluralidad que existe en el país. Con las reglas actuales, insistió, ''se propiciará un régimen que privilegie al mejor postor, generando un déficit de libertad intolerable'' y ello ''llevará a la quiebra del sistema democrático''. El ponente Aguirre Anguiano defendió a ultranza la constitucionalidad del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRT), en el que se establece que ''el término de una concesión será de 20 años y podrá ser refrendada al mismo concesionario, que tendrá preferencia sobre terceros. El refrendo de las concesiones, salvo en el caso de renuncia, no estará sujeto al procedimiento del artículo 17 de esta ley''.
En tanto, el artículo 17 precisa que las concesiones ''se otorgarán mediante licitación pública'' y ''el gobierno federal tendrá derecho a recibir una contraprestación económica por el otorgamiento de la concesión correspondiente''. La discusión se centró en el último tramo del artículo 16, que se refiere al refrendo de concesiones de manera automática, sin necesidad de licitarlas, ya que la otra parte del artículo, que alude a que las concesiones serán por 20 años, será materia de otra discusión. Aguirre sostuvo que no es inconstitucional el artículo 16, toda vez que quienes ahora tienen ya una concesión pasaron por licitación previa, además de que en la Ley Federal de Telecomunicaciones existen los mecanismos para que la autoridad revoque concesiones en caso de que incurran en irregularidades. ''En todo caso, estamos hablando de un problema de aplicación de la ley, y si alguien titubea o es medroso para aplicarla esto es lamentable''. Inclusive aludió a la falta de ''testosterona'', pero ello, insistió, no encierra un problema de inconstitucionalidad, siempre y cuando se cumpla con los términos de la concesión. ''No veo por qué no puedan prorrogarse, cumpliendo con la Constitución y sin que esto signifique eliminar de la competencia a nadie, cuando menos en este momento en que todo nos indica que hay dema-sías no comprometidas del espectro radioeléctrico''.
No me asusta que el concesionario pueda detentar 100 años la concesión, porque presupone que ha cumplido con la ley, dijo, y sacó a relucir la opinión de expertos, quienes comentaron a los ministros que 4 por ciento de las frecuencias y de las bandas está concesionado a televisoras del Distrito Federal, lo que a su juicio significa que hay gran cantidad de espacios para otros concesionarios. Sus argumentos fueron refutados. De entrada, Olga Sánchez Cordero señaló que Aguirre partía de premisas inexactas, toda vez que los actuales concesionarios de radiodifusión no participaron en ninguna licitación pública para obtenerlas, pues en esa época se otorgaban de manera discrecional, al libre juicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Luego, el ministro Juan N. Silva Meza recordó que ''el espectro radioeléctrico es finito, limitado y de difícil acceso, y de ahí que no sea admisible imponer, como lo hace el artículo 16 de la LFRT, barreras de entrada a nuevos competidores''.
Asimismo, explicó, se viola el artículo 28 constitucional, porque impedir que nuevos actores tengan acceso a las concesiones de radio y televisión puede llegar a generar la concentración de los medios. También lo encontró violatorio del artículo primero constitucional, ya que se violenta el principio de igualdad, y además no le asegura al Estado recibir una contraprestación económica por el otorgamiento del refrendo de la concesión, toda vez que los nuevos concesionarios sí deben realizar ese pago. Coincidió con Góngora Pimentel en que el refrendo automático y a perpetuidad viola además la libertad de expresión, el derecho a la información, la libertad de prensa y el acceso equitativo a los medios de comunicación, consagrados en los ar-tículos 6 y 7 de la Carta Magna. Al señalamiento de Aguirre, de que las autoridades pueden incluso revocar concesiones si éstas no se apegan a la ley, Góngora Pimentel respondió que no es cuestión de ''testosterona o estrógeno'', ya que ''aun el servidor público más valiente tendrá muy poco qué hacer ante un texto que no le da ningún margen para renovar la concesión''. Y añadió que la llamada ley Televisa sólo les autoriza a refrendar salvo que el concesionario renuncie a la misma. El ministro Fernando Franco recalcó que con el refrendo automático, sin licitación, se pone en riesgo la rectoría del Estado, ya que se trata de un bien del dominio público que pertenece a la nación. En ese sentido, explicó, la autoridad debe comprobar el buen uso de las concesiones, sobre todo dada la importancia creciente que tienen los medios electrónicos de comunicación.
Sin argumentar sobre ''los buenos o malos de la película'', como él mismo lo dijo, Mariano Azuela sostuvo que el refrendo automático es inconstitucional, pasa además por encima del artículo 134 de la Carta Magna, en el que se precisa que la licitación pública es el mecanismo para concesionar bienes de la nación. El artículo 16 de la LFRT, resumió, crea un sistema ambiguo ya que no se sabe qué es lo que se puede refrendar y cuándo. Por su parte, el presidente de la Suprema Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, argumentó que considera inconstitucional el artículo 16, porque exime a los concesionarios que ya operan redes de radio y televisión, de pagar una contraprestación al Estado por el refrendo de la autorización. Reveló que si la contraprestación queda reducida al pago previsto por la expedición del título, que prevé la ley, y que son 8 mil 233 pesos, y el pago de derechos, cuyo costo máximo es 49 mil 393 pesos, ''no hay correspondencia'' con la magnitud del bien concesionado. Aguirre Anguiano defendió su postura y argumentó que, en todo caso, habría que reformar la Ley Federal de Derechos y que el Estado pueda cobrar en serio, no de chiste, la renovación de la concesión. ''Coincido en que esto vale mucho dinero, que el espectro propiedad del Estado mexicano probablemente sea el segundo recurso más importante con que contamos, sin embargo, nada tiene que ver respecto de la constitucionalidad de la norma''.
Antes de la votación, Góngora Pimentel recalcó que nadie quiere acabar con los actuales concesionarios de radio y televisión. ''Queremos que se sujeten a las leyes y a la Constitución''. El único ministro que se mostró indeciso fue Sergio Valls, quien incluso pidió a Aguirre que ampliara sus argumentos para poder así definir su criterio. Sin embargo, en esos momentos de duda un ministro se le acercó y le dijo: ''Sergio, esta ley sólo la puede tirar la Suprema Corte''. Finalmente, se sumó a la mayoría necesaria de ocho votos para anular el refrendo automático y a perpetuidad. En la misma votación se pretendía anular todo el artículo 16, y no sólo el segundo tramo del mismo, pero Mayagoitia, Luna Ramos y Aguirre argumentaron que el tema de los 20 años de las concesiones será discutido por separado.
Los ex senadores Javier Corral, Manuel Bartlett y Dulce María Sauri consideraron que es una primera victoria importante, aunque faltan otros temas trascendentales por resolver, como el artículo 28 de la LFRT, en que se concentran los privilegios para que las televisoras amplíen sus negocios. ''Este es uno de los cinco asuntos que nosotros señalamos eran importantes y se avanza un buen tramo para invalidar la ley Televisa'', sostuvo Corral. Antes de concluir la sesión, el ministro presidente, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, adelantó que la próxima semana el pleno trabajará de manera extraordinaria todos los días y ampliará dos horas las sesiones. La intención es concluir con este asunto a más tardar el viernes próximo.
Kikka Roja