Bertha Teresa Ramírez
Ayer entró en vigor el Reglamento de la Ley para Prevenir y Erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal.
La disposición, publicada este lunes en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, obliga a las autoridades capitalinas a emprender acciones de prevención basadas en políticas públicas con el fin de evitar que se consumen esos delitos, atendiendo a los factores de riesgo en el ámbito público y privado.
Establece además la obligación de las personas que tienen la calidad de servidores públicos, las dependencias y entidades del DF, de dar respuesta eficiente, eficaz, oportuna y responsable para garantizar los derechos de las mujeres, así como de las niñas y niños que se vean afectados por los delitos materia de este reglamento.
La Procuraduría General de Justicia del DF deberá dar atención personalizada a las víctimas directas e indirectas de los delitos en materia de la ley, en el ámbito de su competencia, mediante personal especializado, en espacios adecuados que brinden seguridad y confianza o por medio de la línea telefónica creada para tal fin.
En el proceso penal, la procuraduría realizará las acciones legales procedentes a fin de que la autoridad judicial decrete la reparación del daño en favor de las víctimas.
La Secretaría de Seguridad Pública local podrá realizar operativos de revisión a establecimientos públicos, con estricto apego a derecho y respeto irrestricto a los derechos humanos, a solicitud de la procuraduría y en coordinación con las dependencias de la administración pública local.
En tanto, la Secretaría de Turismo deberá informar al personal de los hoteles, restaurantes, bares y centros nocturnos, entre otros, sobre las responsabilidades en que puedan incurrir en caso de facilitar o no impedir las conductas previstas en la ley.
La disposición, publicada este lunes en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, obliga a las autoridades capitalinas a emprender acciones de prevención basadas en políticas públicas con el fin de evitar que se consumen esos delitos, atendiendo a los factores de riesgo en el ámbito público y privado.
Establece además la obligación de las personas que tienen la calidad de servidores públicos, las dependencias y entidades del DF, de dar respuesta eficiente, eficaz, oportuna y responsable para garantizar los derechos de las mujeres, así como de las niñas y niños que se vean afectados por los delitos materia de este reglamento.
La Procuraduría General de Justicia del DF deberá dar atención personalizada a las víctimas directas e indirectas de los delitos en materia de la ley, en el ámbito de su competencia, mediante personal especializado, en espacios adecuados que brinden seguridad y confianza o por medio de la línea telefónica creada para tal fin.
En el proceso penal, la procuraduría realizará las acciones legales procedentes a fin de que la autoridad judicial decrete la reparación del daño en favor de las víctimas.
La Secretaría de Seguridad Pública local podrá realizar operativos de revisión a establecimientos públicos, con estricto apego a derecho y respeto irrestricto a los derechos humanos, a solicitud de la procuraduría y en coordinación con las dependencias de la administración pública local.
En tanto, la Secretaría de Turismo deberá informar al personal de los hoteles, restaurantes, bares y centros nocturnos, entre otros, sobre las responsabilidades en que puedan incurrir en caso de facilitar o no impedir las conductas previstas en la ley.
kikka-roja.blogspot.com/
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