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martes, 11 de diciembre de 2007

Cateo de Casas sin Orden Judicial : Reforma de Justicia

  • Aprueban reforma de justicia
Contempla mecanismos más severos contra la delincuencia organizada 8 También legalizar el arraigo y la solicitud de juicios orales
CIUDAD DE MÉXICO.- Las comisiones unidas de Justicia y de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobaron ayer por la noche el dictamen de reforma constitucional en materia de justicia penal, que pretende establecer mecanismos más severos contra la delincuencia organizada, al definir el establecimiento de solicitudes orales de órdenes de aprehensión y de cateo, legalizar el arraigo, el acceso a información clasificada por parte del procurador general de la República, allanamientos a domicilios particulares sin orden judicial y la figura de extinción de dominio para afectar las ganancias que se obtienen de delitos como el narcotráfico y el secuestro, así como admitir en casos de privación ilegal de la libertad grabaciones telefónicas por parte de las víctimas y sus familiares. El dictamen, que fue votado por mayoría de los diputados de ambas comisiones también establece la figura de los jueces de control, que podrán resolver las solicitudes del Ministerio Público de órdenes de aprehensión, cateos y conocer de impugnaciones de desistimientos y suspensiones de la acción penal.

Los legisladores dictaminaron distintas iniciativas presentadas por distintos grupos parlamentarios, pero acota que no resuelve sobre la iniciativa presentada por el presidente Felipe Calderón al Senado en marzo de este año, pero analiza y recoge su espíritu, pues versa sobre la materia y abona a la propuesta de reforma constitucional. Las comisiones determinaron reconocer la figura de juicios orales, debido a que en la mayoría de los casos los procesos penales se resuelven a partir de lo establecido por los ministerios públicos en las averiguaciones previas, que se convierten en una especie de minijuicios, lo que ha propiciado que se reproduzcan casi de manera íntegra los elementos probatorios, así como opacidad, toda vez que los jueces no están presentes en la mayoría de las audiencias, pues relegan frecuentemente sus funciones en auxiliares, y los procesados generalmente no conocen a los impartidores de justicia.

La reforma también establece en la Constitución la definición de presunción de inocencia, pues se considera que el actual sistema penal es preponderantemente inquisitivo, pues considera al indiciado como culpable hasta que se demuestre lo contrario y se le ve como un objeto de investigación, más que como sujeto de derechos. En este sentido, los legisladores consideraron necesario establecer un cambio en el sistema del establecimiento de la pena corporal y de prisión preventiva, al definir que ésta sólo procederá cuando exista la necesidad de cautela o de protección de las víctimas, en el caso de que los indiciados hayan cometido un delito de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios especialmente violentos, como armas y explosivos, así como delitos graves en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Al respecto, en las consideraciones del dictamen se define que la prisión preventiva suele ser usada como regla y ello ha derivado en que el 82% de los procesados lo está por delitos patrimoniales y por montos menores a cinco mil pesos. Entre los cambios aprobados por los legisladores incluyen una modificación a la definición de la flagrancia para considerarla únicamente desde el momento de la comisión del delito, hasta el periodo inmediato posterior en que haya persecución física del involucrado, lo cual elimina el denominada concepto de flagrancia equiparada, debido a que esto ha propiciado detenciones arbitrarias por parte de la Policía. Respecto de la reforma en materia de delincuencia organizada, se aprobó incluir en la Constitución la medida de arraigo exclusivamente para actos relacionados con el crimen organizado; también se incluyó la definición expresa de delincuencia organizada. Asimismo, se autorizará al procurador, cuando se investiguen delitos de delincuencia organizada, a acceder a documentación fiscal, financiera, fiduciaria, bursátil e inclusive electoral, bastando para ello sólo un requerimiento.

Se modifica el párrafo 10 del artículo 16 Constitucional para eliminar que las órdenes de cateo sean por escrito, debido a que el denominado juez de control podrá recibirlas y otorgarlas de forma oral. La modificación incluye la autorización a la policía para que pueda allanar domicilios sin la orden judicial necesaria. Otro de los aspectos fundamentales de la reforma, suprime la definición de que los detenidos puedan ser auxiliados por una persona de su confianza, pues se busca fortalecer la figura del defensor de oficio, al incluir un servicio profesional de carrera para estos abogados, así como concederles un salario fijo y digno. El dictamen define que actualmente los funcionarios públicos y las personas de altos ingresos poseen privilegios de defensoría privada, al poder pagar sus honorarios, lo cual deja en minusvalía al resto de los ciudadanos. El dictamen será presentado hoy en primera lectura en el pleno y aprobado hoy, para ser turnado como minuta a la Cámara de Senadores.
(La Jornada).
AL CALDERON DE MATERIA FECAL AHORA SI "SE LE FUE LA OLLA" PERO LOS DIPUTADOS NO TIENEN MADRE, DICEN QUE NO ES CIERTO, PERO TRABAJAN PARA MALTRATAR A LA POBLACION QUE LES DA EL VOTO.
Kikka Roja

2 comentarios:

  1. Bueno, ya estamos como los gringos, pero sin terrorismo para justificarlo y con un sistema de justicia que falla a favor de la protección de los pederastas, solo eso nos faltaba, además de jueces podridos, leyes podridas.

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  2. solo eso faltaba que les dieran mas armas para atacar al pueblo... no se en que les beneficia... solo vuelven legal lo que ya hacen y ahora legal con mas razon... pero bueno nuestro pueblo sumido en la ignorancia ni pelea...!!! ese es nuestro error... nos dejamos conquistar de nuevo con espejos!!!

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