MADRID, 9 DE FEBRERO /Pese a que el secretario de Gobernación, Juan Camilo Mouriño, ha insistido en su nacionalidad mexicana, el uso de sus documentos de identidad y los criterios de la Constitución y el Código Civil de España indican que sigue siendo un “español de origen”. No existe evidencia de que haya renunciado expresamente a tal nacionalidad. Lo pone en duda el hecho de que siguió utilizando su pasaporte español por lo menos siete años después de haber obtenido la nacionalidad mexicana en 1989. Así mismo el funcionario sigue siendo “español de origen” de acuerdo con el artículo 17 del mencionado Código Civil, por ser “hijo de padre o madre españoles”, ya que se ha acreditado fehacientemente el origen español del padre, Manuel Carlos Mouriño Atanes, nacido en Vigo, Pontevedra, el 4 de marzo de 1943. El mismo artículo 17 robustece la interpretación de que Mouriño Terrazo sea “español de origen”: su nacimiento el 1 de agosto de 1971 en Madrid, donde fue inscrito en el Registro Civil de Chamberí. Aunque el Ministerio de Exteriores de España confirmó a Proceso que ese país no tiene con México un tratado de doble nacionalidad, ésta se da en los hechos porque lo permite la ley española.El artículo 24 del Código Civil establece que no pierden su calidad de españoles de origen aquellos que obtengan la nacionalidad de países “iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal”, es decir, se incluye a México. En lenguaje jurídico, esta legislación española es una ley “pasiva” que permite la doble nacionalidad de facto, sostienen dos abogados españoles que declinaron ofrecer su comentario como declaración sobre el caso de un funcionario mexicano, ya que ellos trabajan para dependencias del gobierno español.
Las bases de la nacionalidad española están definidas en el artículo 11 de la Constitución, que en su numeral 2 señala: “ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”. Y el siguiente punto abunda: “El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos últimos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen”. A decir de uno de los abogados consultados, Mouriño no perdió su nacionalidad española aunque se haya nacionalizado mexicano. En su opinión “es cien por ciento español”.
Mentiras para tapar mentirasDesde el inicio de su actividad política en Campeche hasta encumbrarse en el gobierno de Felipe Calderón, Mouriño Terrazo ha dado traspiés para sostener que es mexicano. Incluso llegó a negar su origen español. En 1997 Mouriño aceptó la candidatura del PAN a la diputación local por el V Distrito de Campeche. Ocho años antes, el 2 de octubre de 1989 –cuando ya tenía 18 años de edad cumplidos--, había recibido su certificado de nacionalidad mexicana por nacimiento, con el folio 5419 y firmado por el director general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Raúl Solórzano Díaz. El documento se expidió “en atención a que comprobó haber nacido en Madrid, España, el 1 de agosto de 1971, hijo de madre mexicana”. En el certificado se hace constar que desde ese día renunció “expresamente a todo derecho inherente a cualquier otra nacionalidad, así como a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier gobierno extranjero, especialmente a aquellos que le han reconocido como su nacional”.
Para apuntalar sus aspiraciones políticas, el 7 de abril de 1997 Mouriño hizo validar el certificado por la notaría pública del exdiputado federal Óscar Rodríguez Cabrera, hijo del exgobernador campechano Rafael Rodríguez Barrera. El 11 de junio, dos meses después de realizar ese “blindaje” notarial y uno antes de las elecciones, estalló el primer escándalo mediático sobre la nacionalidad de Mouriño. El periódico El Sur de Campeche, propiedad de Carlos Azar García, hermano del entonces gobernador Jorge Salomón Azar, exhibió dos pasaportes vigentes del panista: uno, expedido por el gobierno de España; el otro, por la SRE de México. En ambos documentos se consigna el lugar de nacimiento: Madrid. El pasaporte español, cuya copia publicó el matutino campechano, tiene el número 8800581 y fue expedido por el Consulado General de España en Miami; presenta como guía calada en sus 32 hojas útiles el folio Z953692 y tenía la firma del canciller Jesús A. Marinas. Mouriño tenía 23 años y 8 meses de edad el 20 de abril de 1994, fecha de expedición del pasaporte, que vencía el 13 de junio de 1998. Es decir, obtuvo el pasaporte español cinco años después de haber recibido el certificado de nacionalidad mexicana, donde él renuncia a “todo derecho inherente a cualquier otra nacionalidad”... Cuando aún estaba vigente su pasaporte español, Juan Camilo Mouriño tramitó el pasaporte mexicano número 97310000803, que le fue expedido por la SRE en Mérida, Yucatán, con vigencia desde el 20 de enero de 1997 hasta el 20 de enero de 2007.
El 12 de junio de 1997 El Sur de Campeche informó que en agosto de 1996 Juan Camilo Mouriño había ingresado a México desde Tampa, Florida, utilizando el pasaporte español 8800581, luego de haber cursado una licenciatura en economía en la Universidad de Tampa. En esta institución se había registrado con la nacionalidad española, aunque ya tenía la documentación que lo acreditaba como mexicano. El jurista Elisur Arteaga Nava, doctor en derecho constitucional y catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México, declaró en entrevista al diario La Jornada (18 enero de 2008) que Mouriño perdió la nacionalidad mexicana al ingresar al país con pasaporte español. Arteaga se refirió al artículo 37, inciso b, fracción primera de la Constitución, relativo a los supuestos en que se pierde la nacionalidad mexicana: “por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero o por aceptar o usar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado extranjero”. Como este semanario ha informado reiteradamente, en su afán por ocultar el engaño, Mouriño Terrazo dio una entrevista radiofónica al Núcleo Comunicación del Sureste, con la periodista Amira Acero –cuyo esposo, Rafael Alcalá, es actualmente colaborador de Mouriño–; ahí aseguró que nació en México y hasta mencionó el hospital San Martín, de Campeche, como lugar de su alumbramiento.
El actual secretario de Gobernación contradijo así, en aquella entrevista, los datos de su acta de nacimiento del Registro Civil de Chamberí, fechada el 7 de agosto de 1971, que registra como lugar de alumbramiento el sanatorio de la calle Modesto Lafuente 14 en Madrid, donde actualmente se encuentra la clínica La Milagrosa, de gran tradición en la capital española. Ante los micrófonos de la radiodifusora, Mouriño afirmó que sus abuelos son mexicanos, y que María de los Ángeles Terrazo Blanco, su madre, nació en la Ciudad de México el 3 de mayo de 1950, versión que sigue sosteniendo. El ya fallecido Ovidio Cárdenas, a la sazón encargado jurídico del gobierno del estado, hizo la siguiente observación ante la prensa local: “De comprobársele su doble nacionalidad se le podría aplicar el artículo 33 constitucional”. Añadió que “en fechas recientes se reformó la Constitución Política, aceptando la doble nacionalidad, pero la reforma entra en vigor en 1998, previa expedición de la ley reglamentaria”.
No obstante, en esa ocasión las autoridades determinaron que no había delito y el asunto se diluyó. De esa forma, el recién estrenado secretario de Gobernación se convirtió en diputado por el V Distrito Electoral en la LVI Legislatura de Campeche. El 25 de enero, Granados Chapa planteó en su columna Plaza Pública, en el diario Reforma: “Aunque no es de esperar que Mouriño, como ocurrió con la comprobación de la nacionalidad materna, atienda los reclamos públicos sobre su condición jurídica, es de solicitarle que aclare la obtención y uso del pasaporte español número 8800581, que según un diario campechano utilizó para ingresar a México en 1989, siete años después de que había optado por la nacionalidad mexicana. La portación de ese documento obliga a suponer que su opción por la nacionalidad mexicana no excluyó que gozara también de la de su padre”. Y remata: “Esa circunstancia acaso lo coloca en la hipótesis del artículo 32, cuyo segundo párrafo podría serle aplicable: ‘El ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por disposición de la presente Constitución, se requiera ser mexicano por nacimiento, se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad. Esta reserva también será aplicable a los casos que así lo señalen otras leyes del Congreso de la Unión.’”
Español “de hecho”La legislación española deja abierta la posibilidad de que los españoles renuncien a su nacionalidad, pero no se encontró evidencia de que el secretario de Gobernación mexicano haya recurrido a esa opción. El artículo 24 del Código Civil de España establece que “pierden” la nacionalidad española “los emancipados que, residiendo habitualmente en el extranjero, adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación. La pérdida se producirá una vez que transcurran tres años, a contar, respectivamente, desde la adquisición de la nacionalidad extranjera o desde la emancipación. No obstante, los interesados podrán evitar la pérdida si dentro del plazo indicado declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española al encargado del registro civil”. Mouriño Terrazo obtuvo la nacionalidad mexicana en 1989 y cinco años después obtuvo el pasaporte español con vigencia hasta 1998, el cual utilizó al menos en una ocasión, en agosto de 1996. Uno de los juristas consultados advierte que la evolución del actual funcionario muestra que ya se encontraba emancipado cuando regresó de Estados Unidos haciendo uso del pasaporte español, que tuvo vigencia cuando Mouriño participó en la elección de 1997 en Campeche.
Añade que el numeral 2 del propio artículo 24 del código español, abunda: “En todo caso, pierden la nacionalidad española los españoles emancipados que renuncien expresamente a ella, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero”. El 11 de julio de 2007, la Presidencia de México respondió a un requerimiento del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) que Mouriño tiene nacionalidad mexicana y que, si bien nació en Madrid, no estaba impedido para desarrollar sus funciones de entonces, como jefe de la Oficina de la Presidencia, cargo que ostentó antes de llegar a Gobernación. Esto lo hizo en respuesta a una petición hecha por un ciudadano –la cual no fue respondida– quien pedía se le informara si Mouriño había renunciado a la nacionalidad española. El tema provocó un fuerte debate entre los comisionados del IFAI, Alonso Lujambio –quien como ponente pretendía que se clasificara la nacionalidad del funcionario– y Juan Pablo Guerrero, quien argumentó que no era posible ocultar información sobre la nacionalidad de un funcionario público. “Camilo Mouriño nació en España, pero sabemos que es mexicano, porque fue diputado local(por Campeche) y federal. Sin embargo, tuvo que renunciar a la nacionalidad española para acceder al cargo de legislador federal”, adujo Guerrero.(Proceso 1629)
El propio Mouriño tuvo que hablar del tema al presentarse ante los medios como secretario de Gobernación. Alegó: “Soy, según el artículo 30 Constitucional, mexicano por nacimiento y este es el requisito específico al que hace referencia el artículo 82 respecto a los secretarios de despacho”. No aclaró si había renunciado a la nacionalidad española. A través de los gabinetes de prensa del Ministerio del Interior y del Cuerpo Nacional de Policía, responsable del control de los pasaportes españoles, Proceso solicitó conocer si Mouriño renovó su pasaporte español o si había renunciado formalmente a esa nacionalidad, pero esas dependencias adujeron que no podían responder esas preguntas, ya que se refieren a información amparada por la Ley de Protección de Datos. A decir de uno de los abogados consultados, “no es para nada habitual” que los españoles en el extranjero renuncien expresamente a la nacionalidad española, aunque la ley deja esa rendija. Realmente “es, por decirlo así, irrenunciable. Se me hace hasta raro que pregunte eso. No es común que se renuncie”. Luego de revisar las copias fotostáticas de los documentos y datos disponibles del caso de Mouriño, el otro jurista consultado, directivo en una institución dedicada a los estudios constitucionales, refirió que es prácticamente un hecho que Mouriño sigue siendo español, sobre todo por “la expedición y el uso del pasaporte español”.