Por 10 votos contra uno, los magistrados determinaron que el congreso local sí tiene atribuciones para establecer o eliminar penas en torno a la interrupción del embarazo.
La Jornada On Line y Notimex Publicado: 26/08/2008 14:18 México, DF.
En su segundo día de debate sobre la inconstitucionalidad del aborto en la ciudad de México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) tiene competencia para promulgar su despenalización, lo que conlleva también a establecer algunas definiciones relativas al tema. Así se dio una primera votación en el pleno del máximo tribunal del país en relación con el tema de la constitucionalidad de la reforma aprobada por la ALDF que despenaliza el aborto cuando no se hayan cumplido las primeras 12 semanas de gestación. Por diez votos contra uno, los magistrados rechazaron lo expuesto por parte de la Procuraduría General de la República y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las cuales señalaron que la ALDF violentó al Congreso de la Unión al legislar en materia penal y de salud. El voto diferenciado provino de Sergio Salvador Aguirre Anguiano, quien antes de iniciar la sesión entregó un estudio sobre la competencia legislativa de la ALDF, de acuerdo con la petición que se le hiciera la víspera. Durante su alocución, el ministro manifestó que los embarazos se dan en las mismas condiciones en el Distrito federal que en cualquier otra parte del país, que los embriones se gestan de la misma forma en todo ser humano y por lo tanto no puede haber definiciones distintas de embarazo, embrión o gestación en leyes locales. El resto de los ministros argumentó que sí es posible que la ALDF como cualquier otro Congreso local haga definiciones claras y específicas sobre diferentes términos cuando éstas no existen ni en la Constitución ni en las leyes secundarias. En el análisis se expuso que el órgano legislativo de la ciudad de México está facultado para emitir definiciones en materia de embarazo y aborto ya que se trata de cuestiones de atención a la salud. Además, los ministros precisaron que la Ley General de Salud, a diferencia de lo reformado para el DF, no especifica lo que debe entenderse por los conceptos de gestación o embrión.
La Jornada On Line y Notimex Publicado: 26/08/2008 14:18 México, DF.
En su segundo día de debate sobre la inconstitucionalidad del aborto en la ciudad de México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) tiene competencia para promulgar su despenalización, lo que conlleva también a establecer algunas definiciones relativas al tema. Así se dio una primera votación en el pleno del máximo tribunal del país en relación con el tema de la constitucionalidad de la reforma aprobada por la ALDF que despenaliza el aborto cuando no se hayan cumplido las primeras 12 semanas de gestación. Por diez votos contra uno, los magistrados rechazaron lo expuesto por parte de la Procuraduría General de la República y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las cuales señalaron que la ALDF violentó al Congreso de la Unión al legislar en materia penal y de salud. El voto diferenciado provino de Sergio Salvador Aguirre Anguiano, quien antes de iniciar la sesión entregó un estudio sobre la competencia legislativa de la ALDF, de acuerdo con la petición que se le hiciera la víspera. Durante su alocución, el ministro manifestó que los embarazos se dan en las mismas condiciones en el Distrito federal que en cualquier otra parte del país, que los embriones se gestan de la misma forma en todo ser humano y por lo tanto no puede haber definiciones distintas de embarazo, embrión o gestación en leyes locales. El resto de los ministros argumentó que sí es posible que la ALDF como cualquier otro Congreso local haga definiciones claras y específicas sobre diferentes términos cuando éstas no existen ni en la Constitución ni en las leyes secundarias. En el análisis se expuso que el órgano legislativo de la ciudad de México está facultado para emitir definiciones en materia de embarazo y aborto ya que se trata de cuestiones de atención a la salud. Además, los ministros precisaron que la Ley General de Salud, a diferencia de lo reformado para el DF, no especifica lo que debe entenderse por los conceptos de gestación o embrión.
Kikka Roja
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