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miércoles, 25 de abril de 2012

LEY trata de personas: 40 años de prisión para quien aproveche matrimonio o concubinato para explotación


  • Se incluye lo referente a la protección y asistencia a las víctimas de ese delito
  • Prisas en el Senado para aprobar la ley que previene y erradica la trata de personas
  • Ayer se abordó una abultada agenda de más de 100 puntos; muchos, avalados sin discusión
  • Prisión hasta de 40 años para quien aproveche matrimonio o concubinato para explotación


Con modificaciones y mucha prisa, el Senado aprobó y regresó a la Cámara de Diputados la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas.

Fue la última ley que se votó ayer dentro de una abultada agenda de más de 100 puntos, muchos aprobados sin discusión alguna. La minuta de los diputados fue perfeccionada, según comentó el coordinador priísta, Manlio Fabio Beltrones, para no caer en excesos y, por ejemplo, evitar que se violentaran derechos de los jóvenes. En realidad, la minuta fue aprobada por la importancia del tema, pero en muchos de los legisladores quedó la impresión de que requería muchos más ajustes, sobre todo en lo referente a nuevos tipos penales. Establece prisión hasta de 40 años para quien aproveche una relación matrimonial o de concubinato para explotar sexualmente a su pareja, y sanciona la publicidad en medios masivos de comunicación que fomente la trata de personas. A quienes contraten ese tipo de anuncios en cualquier medio impreso, electrónico o cibernético, se les impondrán de dos a siete años de cárcel y de 500 a 2 mil días de salario mínimo de multa.



Para aquel director o editor del medio que hubiera publicado los anuncios que incitan a la explotación sexual, laboral, la servidumbre y la esclavitud, así como la extirpación de órganos, la sanción es multa de 20 mil a 30 mil días de salario mínimo.

Se imponen de 20 a 40 años a quienes adopten a menores de 18 años con fines de explotación sexual o para utilizarlos en actividades delictivas, trabajos y mendicidad forzada.

Asimismo, se impondrán de 15 a 30 años de prisión a quien se beneficie de la explotación de una o más personas mediante de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual, turismo sexual o cualquier otra de este tipo remunerada.

Igualmente, se imponen de 15 a 25 años de prisión a quien realice extracción de órganos y tejidos de seres humanos vivos a cambio de beneficios económicos. La sanción va de cuatro a diez años por obligar a alguien a contraer matrimonio con el fin de prostituir o someter a esa persona a esclavitud y otras prácticas similares.

En tribuna, la senadora del Partido Acción Nacional Judith Díaz dijo que el acuerdo era votar ayer mismo la minuta, a fin de que regresara de inmediato a San Lázaro y se den a la sociedad herramientas contundentes contra uno de los delitos que más la laceran.

Durante la sesión senatorial se modificó asimismo la Ley del Registro Vehicular, para obligar a los fabricantes de autos blindados a asignarles un número de identificación, debido a que en los años recientes han sido adquiridos por integrantes del crimen organizado.

En el dictamen sobre esta materia se establece que, según reportes de las fuerzas armadas, se ha incrementado el número de vehículos blindados decomisados en el país a las bandas del narcotráfico.

También se autorizó la salida de territorio nacional de 199 elementos de la Armada de México para que participen en los ejercicios navales multinacionales conocidos como Rimpac-2012, que se efectuarán en Hawai del 29 de junio al 7 de agosto.

http://www.jornada.unam.mx/
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