- “No denigran las instituciones”, como argumentó el PAN
- Rechaza el IFE sacar del aire espots que hablan del “presidente legítimo”
Fabiola Martínez
El Instituto Federal Electoral (IFE) no ordenará –como pidió el PAN– el retiro de espots de PRD y PT en los que se menciona al “presidente legítimo” (Andrés Manuel López Obrador) y se advierte sobre los “planes privatizadores” del gobierno calderonista. Por unanimidad, los tres integrantes de la Comisión de Quejas del IFE determinaron que dichos mensajes “no denigran” las instituciones, sino que se trata de un hecho en el contexto de la pluralidad democrática que vive el país. “Forma parte de la pluralidad democrática hablar de debates públicos, y no vimos (en los espots) ninguna situación denigratoria a las instituciones”, dijo el consejero Virgilio Andrade, presidente de la Comisión de Quejas del órgano electoral. La medianoche del pasado lunes, el PAN presentó ante el IFE una queja para exigir el retiro de los mensajes, por considerar que “utilizan expresiones denigrantes contra instituciones, partidos políticos y personas”. Cuatro días después resolvió la comisión, “aun cuando se trate de decisiones controvertidas a las que habrá que habituarse, de acuerdo con lo que marca la nueva ley electoral”, agregó Andrade.
–¿El hecho de que un partido mencione en su espot al “presidente legítimo” no será motivo de sanción?
–No amerita bajar un promocional de televisión, que es el caso específico que solicitó (el PAN), porque la denigración y la calumnia tienen que ver con hechos o con situaciones que señalen directamente al titular del Poder Ejecutivo, no a la ostentación del cargo –explicó el consejero.
Precisamente, el PAN interpuso la queja y solicitó al IFE autorizar una medida cautelar, es decir, retirar del aire los anuncios y programas de PRD y PT, con el argumento de que realizan una ostentación de presidente de la República, cargo que sólo puede tener una sola persona, de acuerdo con el artículo 80 de la Constitución. Así, la Comisión de Quejas desechó también el argumento del blanquiazul de que el uso del calificativo “legítimo” por un ciudadano que carece de un derecho o prerrogativa de ese tipo implica una expresión de denuesto respecto a quien “fue habilitado por los ciudadanos para desempeñar esa función”.
Sin embargo, los consejeros involucrados en esa decisión consideraron que puede haber muchos juicios públicos sobre la ostentación de “presidente legítimo”, “pero estrictamente, desde el punto de vista de lo que se solicitó, no cumple con los extremos como para decretar la medida cautelar”. Por ello, Andrade aclaró que en el futuro puede seguirse evaluando la inclusión de dicha ostentación, en caso de que el término viole otras normas y haya necesidad de hacer otro análisis jurídico.
–¿El hecho de que un partido mencione en su espot al “presidente legítimo” no será motivo de sanción?
–No amerita bajar un promocional de televisión, que es el caso específico que solicitó (el PAN), porque la denigración y la calumnia tienen que ver con hechos o con situaciones que señalen directamente al titular del Poder Ejecutivo, no a la ostentación del cargo –explicó el consejero.
Precisamente, el PAN interpuso la queja y solicitó al IFE autorizar una medida cautelar, es decir, retirar del aire los anuncios y programas de PRD y PT, con el argumento de que realizan una ostentación de presidente de la República, cargo que sólo puede tener una sola persona, de acuerdo con el artículo 80 de la Constitución. Así, la Comisión de Quejas desechó también el argumento del blanquiazul de que el uso del calificativo “legítimo” por un ciudadano que carece de un derecho o prerrogativa de ese tipo implica una expresión de denuesto respecto a quien “fue habilitado por los ciudadanos para desempeñar esa función”.
Sin embargo, los consejeros involucrados en esa decisión consideraron que puede haber muchos juicios públicos sobre la ostentación de “presidente legítimo”, “pero estrictamente, desde el punto de vista de lo que se solicitó, no cumple con los extremos como para decretar la medida cautelar”. Por ello, Andrade aclaró que en el futuro puede seguirse evaluando la inclusión de dicha ostentación, en caso de que el término viole otras normas y haya necesidad de hacer otro análisis jurídico.
Caso Televisión Azteca
El órgano del IFE tuvo una larga sesión ayer en la que también integró su resolución respecto a la negativa de Televisión Azteca a transmitir los mensajes de los partidos políticos, en espacios diseñados por el propio organismo.Andrade confirmó que el expediente y las conclusiones de la Comisión de Quejas fueron entregados anoche al presidente del IFE, Leonardo Valdés, para que lo someta a votación en la próxima sesión del Consejo General.
El órgano del IFE tuvo una larga sesión ayer en la que también integró su resolución respecto a la negativa de Televisión Azteca a transmitir los mensajes de los partidos políticos, en espacios diseñados por el propio organismo.Andrade confirmó que el expediente y las conclusiones de la Comisión de Quejas fueron entregados anoche al presidente del IFE, Leonardo Valdés, para que lo someta a votación en la próxima sesión del Consejo General.
Kikka Roja