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miércoles, 20 de febrero de 2008

PAGAR IETU con ISR : CARGA FISCAL CRUZADA: ESCLAVITUD: EL SAT CREA CONFUSION

  • Carga fiscal cruzada; se pagarán IETU e ISR
Jeanette Leyva Reus
Martes, 19 de febrero de 2008
ELFINANCIERO.COM.MX

* Reconoce el SAT que en algunos casos aplicarán los 2 gravámenes.
* Todo depende de la situación de cada contribuyente: N. Caballero.
* No hay simplificación; aumenta en 40% la labor administrativa.

La presentación del primer pago provisional del IETU demostró que la reforma fiscal no trajo simplificación tributaria para los contribuyentes. Por el contrario, la carga administrativa se incrementó hasta en 40 por ciento, afirmó Olga Leticia Ávila, profesora del área de impuestos de la Universidad Panamericana. El IETU, creado para reducir la evasión y elusión del ISR, no considera regímenes especiales ni deducciones o beneficios extraordinarios, por lo que tanto legisladores como autoridades hacendarias sostuvieron que se pagaría sólo uno de ellos, siempre el más alto. Pero en la práctica esto no es así, pues de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), sólo que el ISR sea más alto que el IETU, se paga únicamente el primero. En caso de que el ISR a cubrir sea menor al IETU determinado, se pagará el ISR obtenido y se acreditará contra lo que se obtuvo del IETU. A manera de ejemplo, si se determinó un ISR de 500 pesos y un IETU de mil pesos, se pagarán 500 pesos del primero y una cantidad igual del segundo, para sumar los mil pesos que se calcularon en el IETU.

Nora Caballero, administradora central de Atención al Contribuyente del SAT, explicó que el pago del ISR o el IETU depende de la circunstancia específica de cada contribuyente. Pero aclaró que según el caso, se pagan ambos y no sólo uno, pues el IETU fue planeado para cubrir los huecos del ISR.
  • Algunas empresas pagarán ISR e IETU
Jeanette Leyva Reus
Martes, 19 de febrero de 2008

* Simplificación inexistente, dice académica de la Panamericana.
* Para tributar se debe invertir en tecnología y doble contabilidad.
* Hasta los no causantes deben llevar registro para declarar en ceros.

Pese a que durante la discusión y aprobación de la reforma fiscal se aseguró que traería simplificación tributaria para los contribuyentes, el primer pago provisional del año ya demostró lo contrario, al elevarse la carga administrativa hasta en 40 por ciento. El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) fue creado con la finalidad de disminuir la evasión y los regímenes especiales que se presentan en el Impuesto sobre la Renta (ISR), por lo que tanto legisladores como autoridades subrayaron que se pagaría sólo uno de ellos, al ser complementarios, pero siempre el más alto. En la práctica esto no es así, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó que en términos generales, sólo que el ISR sea más alto que el IETU, se paga únicamente el primero. Pero en caso de que el ISR a cubrir sea menor al IETU determinado, se pagará el ISR obtenido y se acreditará contra lo que se obtuvo del IETU, para sumar la cantidad más alta. Es decir, si se determinó un pago de 500 pesos del ISR y de mil pesos del IETU, se cubrirá el primero por 500 pesos y una cantidad igual del segundo, para sumar los mil pesos que se determinaron en el IETU. Aunque el contribuyente no fuera causante en este periodo del IETU, tiene la obligación de presentar el formato en ceros y la lista de todas las operaciones realizadas en el ejercicio correspondiente. Esto obliga a que los contribuyentes lleven un registro puntual de todas las operaciones realizadas durante el ejercicio fiscal.

Doble contabilidad

De acuerdo con el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) y el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), la carga administrativa se elevó debido a que el contribuyente tiene que llevar una contabilidad adicional que cumpla con los requerimientos del IETU, quedando muy lejos de la simplificación que demanda el sistema tributario. Incluso, para las empresas ubicadas en el sector financiero, la contabilidad es diferente, por lo que en ese caso el impacto es mayor. En opinión de Olga Leticia Ávila Sandoval, profesora del área de impuestos de la Universidad Panamericana, la simplificación tributaria no existe, pues se tienen que llevar dos contabilidades, debido a que hay una base diferente de conceptos entre los dos gravámenes.

"Es una base diferente entre ambos; esto implica para la administración de las empresas mucho más control y papeles de trabajo diferentes para determinar el pago de los impuestos, pues no es la misma información para ambos." El primer pago provisional implicó no sólo una mayor carga administrativa, sino inversión en sistemas, debido a que para una persona que administra una empresa es imposible realizar los cálculos con los programas del año pasado. "Las empresas tienen que llevar controles más estrictos; en la práctica, la carga administrativa se incrementó de 30 a 40 por ciento." Asimismo, las compañías tuvieron que haber hecho ajustes en sus esquemas e invertir en tecnología para que los sistemas ayuden a determinar el IETU. Por ello, indicó Ávila Sandoval, la combinación de ambos complica más el cálculo de los impuestos, pues aun cuando no tuvieran pagos se debe presentar el formato del IETU en ceros y además una declaración informativa que antes no se tenía que hacer.
  • Hay confusión por el nuevo gravamen, admite el SAT
(Jeanette Leyva Reus)
Martes, 19 de febrero de 2008


Nora Caballero, administradora central de Atención al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), explicó que el pago del ISR o el IETU depende de la circunstancia específica de cada contribuyente.

Sin embargo, reconoció que una de las principales problemáticas que se han detectado es la referente a las comparaciones para saber cuál se pagará. Ejemplificó que en el caso de contribuyentes por honorarios y que tienen ingresos medianos, se consideran pocos conceptos y casi son los mismos que se utilizan para el pago del ISR y del IVA, por lo que no necesita una contabilidad adicional. "A ellos les dimos una opción de cómputo para que no tengan que entender toda la Ley del IETU ni hacer todos los cálculos, pues de manera automática te hace el cálculo sobre lo que se tiene que pagar." Para las personas físicas con actividad empresarial, también se realizó un programa automático de los acreditamientos y la comparación entre ISR e IETU, que determina cuál y cuánto se debe pagar. Pero aclaró que dependiendo el caso se pagan ambos y no sólo uno, pues el IETU fue planeado para cubrir los huecos del ISR.

"No es que se pague uno u otro, el tema es que si un contribuyente pagó cien del ISR y en el cálculo del IETU le resultó que tiene que pagar 50, en este caso se acreditan los cien contra los 50; es sólo una resta, con lo que pague del ISR ya estoy correcta y no pago nada del IETU. "En caso contrario, si resultó que tiene que pagar 50 del ISR y 70 del IETU, al IETU se le restan los 50 del ISR que ya pagó y tendría que pagar 20 del IETU para completar los 70 que le dio como impuesto a pagar del IETU. "Hay la confusión de que se paga uno u otro y no es así, es complementario y en ese caso se pagan ambos para dar el monto mayor", apuntó.

Kikka Roja

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