La Corte consideró que hay elementos para sustentar las órdenes de aprehensión contra tres presuntos pederastas por violación de menores
Víctor Fuentes REFORMA.COM
Ciudad de México (29 de octubre de 2008).- La Suprema Corte de Justicia revocó hoy el amparo otorgado por un juez federal a tres presuntos pederastas de Oaxaca contra la orden de aprehensión en su contra. Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Corte consideró que hay elementos para sustentar la legalidad de las órdenes de aprehensión libradas en septiembre de 2007 contra Adán Salvador Pérez Ramírez, Hugo Constantino García y Magdalena García Soto por violación de menores. Los dos primeros están acusados de violar a un niño y grabar el acto en video, y la tercera, de complicidad. El caso provocó un escándalo en Oaxaca el año pasado, y es la primera vez desde la reforma judicial de 1994 que la Corte interviene directamente en un asunto de esta naturaleza.
El menor presuntamente afectado asistía al Instituto San Felipe, en la capital del Estado, y la denuncia presentada por su madre resultó en órdenes de aprehensión libradas por un juez local contra los profesores Pérez y García, así como Constantino, esposo de la dueña de la escuela.
Pero el 14 de diciembre de 2007 un juez federal de Oaxaca concedió un amparo a los acusados.
En su sentencia, el juez federal consideró que sí se había acreditado el delito de violación equiparada, pero no la agravante de que los tres involucrados eran maestros, por lo que se debía cancelar la orden de aprehensión y dictar una nueva en la que se fundamentara con pruebas este último elemento. Tanto la PGR como los acusados impugnaron este fallo, y la Corte atrajo la revisión en mayo pasado por solicitud de Leticia Valdés Martell, madre del menor presuntamente agraviado, quien ha denunciado supuesta complicidad del Gobierno de Oaxaca con los acusados porque su abogado es el ex senador priista, Jorge Eduardo Franco.
La intervención de la Corte fue inusual porque el proceso penal no ha terminado, por el contrario, apenas está en sus etapas iniciales.
"Cuando la víctima del delito es un menor cuenta no sólo con las garantías que la Constitución Federal prevé a su favor, sino también con la protección y tutela de la Convención sobre los Derechos del Niño, cuya observancia es obligatoria", explicó hoy la Corte. Los ministros señalaron que, en este escenario, los jueces deben suplir las deficiencias en los argumentos jurídicos del Ministerio Público para lograr la máxima protección posible al menor.
Solo el Ministro José de Jesús Gudiño votó contra el proyecto de sentencia de su colega Juan Silva Meza.
Una vez revocado el amparo, seguirán vigentes las órdenes libradas por el juez tercero de lo penal de Oaxaca. El fallo de la Corte, sin embargo, no implica que los acusados son culpables, sino solo que hay elementos suficientes para ordenar su captura y llevarlos a juicio. García Soto es la única que ha sido detenida. La Corte también resolverá el amparo que promovió contra el auto de formal prisión en su contra, mismo que fue negado en primera instancia.
El menor presuntamente afectado asistía al Instituto San Felipe, en la capital del Estado, y la denuncia presentada por su madre resultó en órdenes de aprehensión libradas por un juez local contra los profesores Pérez y García, así como Constantino, esposo de la dueña de la escuela.
Pero el 14 de diciembre de 2007 un juez federal de Oaxaca concedió un amparo a los acusados.
En su sentencia, el juez federal consideró que sí se había acreditado el delito de violación equiparada, pero no la agravante de que los tres involucrados eran maestros, por lo que se debía cancelar la orden de aprehensión y dictar una nueva en la que se fundamentara con pruebas este último elemento. Tanto la PGR como los acusados impugnaron este fallo, y la Corte atrajo la revisión en mayo pasado por solicitud de Leticia Valdés Martell, madre del menor presuntamente agraviado, quien ha denunciado supuesta complicidad del Gobierno de Oaxaca con los acusados porque su abogado es el ex senador priista, Jorge Eduardo Franco.
La intervención de la Corte fue inusual porque el proceso penal no ha terminado, por el contrario, apenas está en sus etapas iniciales.
"Cuando la víctima del delito es un menor cuenta no sólo con las garantías que la Constitución Federal prevé a su favor, sino también con la protección y tutela de la Convención sobre los Derechos del Niño, cuya observancia es obligatoria", explicó hoy la Corte. Los ministros señalaron que, en este escenario, los jueces deben suplir las deficiencias en los argumentos jurídicos del Ministerio Público para lograr la máxima protección posible al menor.
Solo el Ministro José de Jesús Gudiño votó contra el proyecto de sentencia de su colega Juan Silva Meza.
Una vez revocado el amparo, seguirán vigentes las órdenes libradas por el juez tercero de lo penal de Oaxaca. El fallo de la Corte, sin embargo, no implica que los acusados son culpables, sino solo que hay elementos suficientes para ordenar su captura y llevarlos a juicio. García Soto es la única que ha sido detenida. La Corte también resolverá el amparo que promovió contra el auto de formal prisión en su contra, mismo que fue negado en primera instancia.
Kikka Roja
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