- Envía iniciativas de ley para reformar la Ley de Seguridad Nacional
- Busca Calderón dar al Ejército control total de los operativos
- Prevé aplicar medidas de emergencia donde se halle en riesgo la seguridad
Para hacer frente a la expansión de la delincuencia organizada y garantizar cabalmente la seguridad nacional, el presidente Felipe Calderón hizo llegar ayer al Senado de la República cuatro iniciativas de ley, una de ellas encaminada a dar el sustento legal debido a la participación de las fuerzas armadas en el combate al narcotráfico y permitir que, en algunos casos, el Ejército asuma el control total de los operativos.
Para ello se declararán medidas especiales de emergencia en aquellos municipios, entidades o regiones en que se ponga en riesgo la seguridad interior, ya sea por alteraciones del orden y la paz pública, incapacidad de la autoridad civil o incluso en caso de sublevaciones. En la exposición de motivos de la iniciativa para reformar la Ley de Seguridad Nacional, Calderón argumenta que el Estado mexicano vive hoy un momento crucial, que exige revisar y redefinir los conceptos de seguridad nacional, seguridad pública y seguridad interior, para construir los fundamentos que permitan garantizarlas cabalmente. Reconoce que la expansión de los fenómenos delincuenciales presenta nuevos retos y obliga a disponer de todos los elementos con que los que cuenta el Estado para hacerles frente. En ese sentido, explica que si bien la participación del Ejército en labores de seguridad pública es eficiente y efectiva, la sociedad reclama mejorar su funcionamiento en el marco del estado de derecho, y para ello debe estar debidamente sustentada su participación en la ley.
La reforma propone establecer estados de emergencia mediante un procedimiento por el que el Ejecutivo declarará la existencia de una afectación a la seguridad interior –solicitado por el secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Seguridad Nacional–, que incluirá el municipio, entidad o región en que se habrá de aplicar, su temporalidad, la autoridad responsable del mismo y las autoridades que habrán de colaborar. Esos estados de emergencia se establecerán en caso de actos que pongan en peligro el orden y la paz pública y la capacidad de las instituciones competentes para ejercer sus funciones sea insuficiente o ineficaz, así como por actos de extorsión colectiva que afecte a la comunidad o población. Sin embargo, se prevén otros casos de emergencia, en que podrán participar las fuerzas armadas, contenidos en el artículo quinto de esa Ley de Seguridad Nacional, y son: la sublevación o el trastorno interior en una entidad federativa; las agresiones directas a las instancias o contra los integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
En el artículo 74 de la citada ley, se precisa que en todos los casos en que se afecte la seguridad interior, el Ejército y la Armada deberán participar –con una temporalidad establecida previamente– ya sea como responsable o en colaboración con otras autoridades. Las fuerzas armadas quedarán a cargo de los operativos cuando su participación se considere estratégica y necesaria para solucionar la afectación de la seguridad nacional de la que se ocupa la declaratoria. En todos los casos, el Ejército tendrá acceso a la información contenida en las averiguaciones previas y a la de inteligencia, y las instituciones de seguridad pública estarán obligadas a proporcionarle todos los datos con que cuenten. Las otras iniciativas presidenciales incluyen una nueva figura penal en el Código de Justicia Militar, para sancionar hasta con 60 años de cárcel a los miembros de las fuerzas armadas que se incorporen a la delincuencia organizada, colaboren o protejan a las bandas criminales o permitan huir a sus integrantes.
Asimismo, el Ejecutivo propone crear un nuevo tipo penal para sancionar los atentados en contra de familiares –hasta el segundo grado de parentesco– de los funcionarios de instituciones de seguridad pública, con miras a que puedan cumplir con su responsabilidad sin presiones indebidas. Igualmente, se proponen reformas al Código Penal Federal para impedir “los levantones” de candidatos a cargos de elección popular, ya que con amenazas de ese tipo invaden de una manera criminal los procesos democráticos que se ha dado la sociedad mexicana. En una cuarta iniciativa, el presidente Calderón propone sancionar con mayor rigor la utilización de armas de fuego reservadas a las fuerzas armadas, hasta con 30 años de prisión, y sancionar a todos los integrantes del grupo delictivo, independientemente de que sólo se haya usado una pistola o metralleta. El paquete de reformas se presentará este jueves ante el pleno senatorial.
Para ello se declararán medidas especiales de emergencia en aquellos municipios, entidades o regiones en que se ponga en riesgo la seguridad interior, ya sea por alteraciones del orden y la paz pública, incapacidad de la autoridad civil o incluso en caso de sublevaciones. En la exposición de motivos de la iniciativa para reformar la Ley de Seguridad Nacional, Calderón argumenta que el Estado mexicano vive hoy un momento crucial, que exige revisar y redefinir los conceptos de seguridad nacional, seguridad pública y seguridad interior, para construir los fundamentos que permitan garantizarlas cabalmente. Reconoce que la expansión de los fenómenos delincuenciales presenta nuevos retos y obliga a disponer de todos los elementos con que los que cuenta el Estado para hacerles frente. En ese sentido, explica que si bien la participación del Ejército en labores de seguridad pública es eficiente y efectiva, la sociedad reclama mejorar su funcionamiento en el marco del estado de derecho, y para ello debe estar debidamente sustentada su participación en la ley.
La reforma propone establecer estados de emergencia mediante un procedimiento por el que el Ejecutivo declarará la existencia de una afectación a la seguridad interior –solicitado por el secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Seguridad Nacional–, que incluirá el municipio, entidad o región en que se habrá de aplicar, su temporalidad, la autoridad responsable del mismo y las autoridades que habrán de colaborar. Esos estados de emergencia se establecerán en caso de actos que pongan en peligro el orden y la paz pública y la capacidad de las instituciones competentes para ejercer sus funciones sea insuficiente o ineficaz, así como por actos de extorsión colectiva que afecte a la comunidad o población. Sin embargo, se prevén otros casos de emergencia, en que podrán participar las fuerzas armadas, contenidos en el artículo quinto de esa Ley de Seguridad Nacional, y son: la sublevación o el trastorno interior en una entidad federativa; las agresiones directas a las instancias o contra los integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
En el artículo 74 de la citada ley, se precisa que en todos los casos en que se afecte la seguridad interior, el Ejército y la Armada deberán participar –con una temporalidad establecida previamente– ya sea como responsable o en colaboración con otras autoridades. Las fuerzas armadas quedarán a cargo de los operativos cuando su participación se considere estratégica y necesaria para solucionar la afectación de la seguridad nacional de la que se ocupa la declaratoria. En todos los casos, el Ejército tendrá acceso a la información contenida en las averiguaciones previas y a la de inteligencia, y las instituciones de seguridad pública estarán obligadas a proporcionarle todos los datos con que cuenten. Las otras iniciativas presidenciales incluyen una nueva figura penal en el Código de Justicia Militar, para sancionar hasta con 60 años de cárcel a los miembros de las fuerzas armadas que se incorporen a la delincuencia organizada, colaboren o protejan a las bandas criminales o permitan huir a sus integrantes.
Asimismo, el Ejecutivo propone crear un nuevo tipo penal para sancionar los atentados en contra de familiares –hasta el segundo grado de parentesco– de los funcionarios de instituciones de seguridad pública, con miras a que puedan cumplir con su responsabilidad sin presiones indebidas. Igualmente, se proponen reformas al Código Penal Federal para impedir “los levantones” de candidatos a cargos de elección popular, ya que con amenazas de ese tipo invaden de una manera criminal los procesos democráticos que se ha dado la sociedad mexicana. En una cuarta iniciativa, el presidente Calderón propone sancionar con mayor rigor la utilización de armas de fuego reservadas a las fuerzas armadas, hasta con 30 años de prisión, y sancionar a todos los integrantes del grupo delictivo, independientemente de que sólo se haya usado una pistola o metralleta. El paquete de reformas se presentará este jueves ante el pleno senatorial.
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