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miércoles, 25 de junio de 2008

Revoca TEPJF multas al PRD PT y CONVERGENCIA: $25 millones por dos espots

Revoca TEPJF resolución sobre multas a coalición Por el Bien de Todos
El tribunal dejó sin efecto dos resoluciones del IFE en las que impuso al PRD, PT y Convergencia multas por más de 25 mdp por dos espots.

Notimex / La Jornada On Line Publicado: 25/06/2008 22:33

México, DF. La Sala Superior del TEPJF revocó dos resoluciones del Consejo General del IFE en las que impuso al PRD, al PT y Convergencia multas económicas por más de 25 millones de pesos y le ordenó reponer los procedimientos sancionadores. Los magistrados determinaron revocar la resolución del IFE aprobada el 23 de mayo, por la cual se determinó imponer a los partidos que integraron la coalición Por el Bien de Todos una reducción de ministraciones equivalente a 20 millones 75 mil pesos. Ello, por hechos que consideró violan el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) por la difusión de cuatro espots presuntamente para desacreditar al candidato del PAN a la Presidencia de la República en el proceso electoral 2005-2006. En dichos espots esa coalición criticó la actuación del candidato panista en el caso del Fondo Nacional para la Protección del Ahorro Bancario (Fobaproa), así como también el eslogan en el que se definía a éste como "presidente del empleo".

En este caso, los integrantes de la coalición adujeron que la autoridad electoral declaró cerrada la instrucción, sin tomar en cuenta los escritos presentados por los partidos en el proceso de desahogo de pruebas. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución impugnada para reponer el procedimiento y ordenó al IFE dictar una nueva resolución, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. En el otro caso, el TEPJF recibió tres apelaciones de los integrantes de la coalición contra la nueva determinación del Consejo del IFE que reduce las ministraciones de la demandante en cinco millones 650 mil pesos por un mensaje en el que decía que la empresa Hildebrando no pagaba impuestos. Los magistrados consideraron que el IFE dejó de analizar los medios de convicción ofrecidos por la sustanciación de la sanción, por considerar que había declarado la ilegalidad del comportamiento, sin tomar en cuenta que podían haber sido empleados para un fin distinto.

Con ello, indebidamente omitió valorar elementos de convicción que, en su caso, podrían modificar la calificación de la conducta o bien, las circunstancias de ejecución de la infracción. Ante tal situación determinó revocar la resolución impugnada y dejar sin efectos el procedimiento administrativo sancionador de origen, hasta el auto del 7 de mayo del año en curso en el cual se declaró cerrada la instrucción. En este caso ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) realizar el procedimiento en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de que tenga conocimiento de la presente ejecutoria. Asimismo, el tribunal ordenó al Consejo del IFE reponer el procedimiento sancionador contra la Alianza por México (PRI y PVEM) y del Consejo de la Comunicación, por publicar desplegados en medios de Veracruz en el periodo prohibido durante el proceso electoral de 2006.

Tal decisión fue porque no argumentó debidamente las razones por las que desechó la queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra este. En cambio confirmó la multa que el IFE impuso por 43 mil pesos al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en su carácter de integrante de la Alianza por México, al participar distintos funcionarios públicos a favor de ella en actos de campaña en 2006. El PVEM presentó una queja contra la multa, pero los magistrados resolvieron confirmar la sanción por unanimidad de votos, pues no aportó pruebas para su defensa, y se demostró que la actuación de funcionarios públicos violentó el acuerdo de neutralidad convenido por los partidos.


PINCHES POLITICOS MILLONARIOS, A LOS PARTIDOS DEL PUEBLO LES IMPONEN INJUSTAS MULTAS
A LOS PARTIDOS DE LOS OLIGARCAS DE DERECHA NUNCA LOS CASTIGAN
PAN, PANAL, PVEM, Y NUEVA IZQUIERDA, PARÁSITOS DEL ERARIO
Y RUTH ZAVALETA, ORGULLOSA DE SER PLURINOMINAL ¡que vergüenza!
me cai que se merecen un cuete en "la curul"
Revoca TEPJF multa a coalición Por el Bien de Todos por 2.5 mdp

La sanción era por la transmisión de un espot denominado Informativo 8 y en el que se hacía alusión a las reformas fiscales que supuestamente iban encaminadas a gravar alimentos y medicinas. Notimex / La Jornada On Line
Publicado: 02/07/2008 22:05 México, DF.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la multa de dos millones 550 mil pesos impuesta por el Consejo General del IFE a los partidos que formaron la coalición Por el Bien de Todos (PRD, PT y Convergencia). La sanción habría sido impuesta por la transmisión de un anuncio publicitario denominado Informativo 8 y en el que se hacía alusión a las reformas fiscales que supuestamente iban encaminadas a gravar alimentos y medicinas. Ese promocional, de acuerdo con el Partido Acción Nacional (PAN), demeritaba la imagen de su campaña presidencial en el pasado proceso electoral. Los magistrados consideraron que el procedimiento no fue exhaustivo, por lo que se ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) reponer el proceso administrativo sancionador, valorar las pruebas mostradas por los autores del promocional y emitir una nueva resolución. En contraste, la Sala Superior del TEPJF confirmó dos multas contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD), una por mil días de salario mínimo vigente en la capital, por pintar propaganda política en un edificio municipal de Ixtapaluca, Estado de México. La otra multa fue por pegar calcomanías con la fotografía de su entonces candidato a la presidencia de México y el eslogan de campaña del mismo, en la sucursal de Cuernavaca, Morelos, del edificio de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro. En otro recurso, el TEPJF ordenó al IFE modificar su resolución sobre la queja presentada por el PRD referente a la sanción impuesta a la Alianza por México, por aparecer varios candidatos de ésta en la celebración del 1 de Mayo junto al alcalde de Benito Juárez, Quintana Roo. De acuerdo con el proyecto de resolución, se consideró que la vinculación de los candidatos con el alcalde les proporcionó una ventaja respecto a otros, lo que violentó el principio de equidad y la libertad del voto, por lo que el IFE deberá modificar su sentencia y sanción iniciales. Este miércoles, la Sala Superior resolvió 14 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, dos juicios de revisión constitucional y 10 recursos de apelación que en suma son 26 medios de impugnación.



Kikka Roja

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