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lunes, 25 de agosto de 2008

Debate sobre despenalización del aborto: Mexico

los ricos siempre deciden sobre los pobres, las mujeres ricas, salen al extranjero a abortar sin problemas.
SCJN inicia debate sobre despenalización del aborto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició a las 17:08 horas de este lunes la discusión sobre la constitucionalidad de las reformas a la Ley de Salud para el Distrito Federal y el Código Penal local, que despenalizan la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación.

Después de más de 15 meses de haber entrado en vigor esa ley, el máximo tribunal del país inicia formalmente la discusión sobre la constitucionalidad de estas reformas, una vez que se han practicado más de 8,000 abortos en las instituciones de salud de la capital, donde sólo una menor de edad ha fallecido por negligencia médica.

Las reformas legales aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) entraron en vigor a finales de abril de 2007 y en mayo la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentaron ante la SCJN una demanda de inconstitucionalidad de esas reformas.

El fondo de esas modificaciones se inscribe en el Artículo 144 del Código Penal para el Distrito Federal que hoy dice “el aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”.

El Artículo 145 de ese mismo código señala que el aborto se sancionará sólo hasta que se hubiere consumado, pero establece que se impondrá de tres a seis meses de prisión a la mujer que se practique voluntariamente su aborto o que permita que otro lo haga después de las 12 semanas de embarazo.

A partir del inicio del procedimiento judicial promovido por la PGR y la CNDH, la SCJN inició una serie de consultas y análisis, en seis sesiones públicas, en las que los ministros de ese tribunal escucharon a quienes estaban en favor y en contra de esta ley, así como sus argumentos.

Asimismo, se dio a conocer que la SCJN habría de resolver con estricto apego a la ley, pero tomando en cuenta las consideraciones y los argumentos legales, morales y humanos de quienes participaron en las consultas.

De acuerdo con los procedimientos judiciales el asunto fue turnado al ministro Salvador Aguirre Anguiano, como ponente o instructor del caso, y desde el pasado 15 de agosto se dio a conocer en el portal de Internet de la SCJN el proyecto de resolución o sentencia, en el que se declara inconstitucional parcialmente la serie de reformas aprobadas por la ALDF.

En su ponencia, que este lunes comenzó a ser analizada por el pleno de la Corte, el ministro Aguirre Anguiano señala en su primer artículo que “es parcialmente procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad”.

El proyecto que no ha sido aprobado y que se ha comenzado a discutir “declara la invalidez de la porción normativa del primer párrafo del Artículo 144 del Código Penal para el Distrito Federal, que señala: “después de la décima segunda semana de gestación”.

También declara inválido el segundo párrafo del mismo artículo; la porción normativa de la primera parte del primer párrafo del Artículo 145 del Código Penal para el Distrito Federal, que dice: después de las 12 semanas de embarazo”; y el Artículo Tercero transitorio del decreto impugnado en su integridad.
El artículo cuarto de la resolución reconoce la validez de los artículos 144 y 145, en las porciones que no han sido declaradas inválidas, 146 y 147 del Código Penal para el Distrito Federal, así como de los artículos 16 Bis 6, tercer párrafo, y 16 Bis 8, último párrafo, de la Ley de Salud del Distrito Federal.

La resolución precisa que las alusiones relativas a las solicitudes de interrupción del embarazo que se hacen en las disposiciones de la ley citada se entenderán referidas a los casos contemplados como excluyentes de responsabilidad en el Artículo 148 del Código Penal de la entidad.

Así como que la interpretación de los artículos 144 y 146 del mismo código será la establecida en el considerando séptimo de esta ejecutoria.

Hasta ahora no se ha definido un plazo o una fecha en que pueda concluir el debate de esta acción de inconstitucionalidadsin embargo hay opiniones de los ministros en el sentido de que podría concluirse a más tardar al terminar la próxima semana.

Lo anterior porque una vez iniciado el debate sobre este tema el pleno de la Corte estará dedicado a este tema al ciento por ciento hasta concluir su análisis, debate y en su caso aprobación del dictamen.




Kikka Roja

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