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martes, 29 de enero de 2008

LEY Mujeres A una Vida Libre de Violencia Entrará en vigor a partir del 8 de marzo

  • Expiden ley para que mujeres vivan libres de violencia en el DF
  • En violencia sexual se incluyen "miradas lascivas".
Notimex / La Jornada On Line
Publicado: 29/01/2008 11:57

México, DF. La Gaceta de Gobierno del Distrito Federal publicó el decreto que expide la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que entre otros aspectos define los "tipos y modalidades" de violencia contra ellas y establece las medidas de protección. Con la puesta en marcha de esa normatividad, un juez de lo penal podrá emitir órdenes de protección de emergencia y preventivas cuando se encuentre en riesgo la integridad física o psicológica así como la seguridad de la víctima y las víctimas indirectas. Así, mediante un recurso de emergencia, el juez podrá ordenar la desocupación por el agresor del domicilio conyugal o donde habite la mujer, prohibir acercarse, ingresar al hogar, lugar de trabajo, de estudios de la víctima y las víctimas, así como comunicarse con ellas.

La normatividad busca garantizar el respeto a la dignidad humana de las mujeres, su libertad y autonomía, la no discriminación, la equidad de género, así como la transversalidad de la perspectiva de género.

Establece cinco "modalidades" de violencia: familiar, laboral, docente, en la comunidad e institucional.

Entre los siete los "tipos" de violencia establece la feminicida que define como la forma extrema "producto de la violación de sus derechos humanos y que puede culminar en homicidio u otras formas de muerte violenta de mujeres". También reconoce la violencia contra sus derechos reproductivos, la cual incluye todo tipo de acción que vulnere su derecho a decidir sobre su función reproductiva, la elección de métodos anticonceptivos y la práctica de un aborto seguro.

Asimismo define la violencia la psicoemocional, física, patrimonial, económica y sexual; ésta última incluye "miradas o palabras lascivas", hostigamiento, acoso, violación, explotación sexual comercial, trata de personas y el "uso denigrante de la imagen de la mujer". Con esta ley se crean las Casas de Emergencia, que son estancias para las mujeres que han sido víctimas de violencia así como para las víctimas indirectas, como son sus hijas e hijos de cualquier edad o cualquier persona que dependa de ellas. Además establece los Centros de Refugio, que son lugares temporales de seguridad para la víctima y las víctimas indirectas y podrán permanecer ahí en tanto subsista la inestabilidad física y/o psicológica, o riesgo para la víctima directa y las víctimas indirectas.

Ambos lugares brindarán atención psicológica, médica, jurídica y social, capacitación para las mujeres y bolsa de trabajo. La ley entrará en vigor a partir del 8 de marzo y desde esa fecha el jefe de Gobierno del Distrito Federal tendrá 60 días para emitir su reglamento.

Ora pues mujeres, a demandar, con harta enjundia!


Kikka Roja

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