La juez cuarta de distrito notificó el desechamiento de uno de los amparos promovido, entre otras personas, por Ricardo Monreal
Víctor Fuentes reforma.com
María Guadalupe Rivera, juez cuarta de distrito en materia administrativa, notificó hoy el desechamiento del amparo promovido el 12 de enero por unas 200 personas, entre ellas el senador petista Ricardo Monreal, el ex diputado federal Jesús González Schmal, y otros legisladores y ciudadanos.
Aunque los registros no mencionan cuál fue la causa de improcedencia, fuentes judiciales informaron que los quejosos no lograron acreditar que la nueva Ley de Petróleos Mexicanos causa un agravio personal y directo a su interés jurídico, requisito indispensable para que pueda tramitarse un juicio de amparo. La ley, publicada el 28 de noviembre de 2008, no está dirigida a particulares, sino que regula la organización interna y procedimientos que en adelante deberán regir a la paraestatal. Destacan las nuevas funciones del consejo de administración y sus comités, la independencia para toma de decisiones de la empresa y las reglas para contrataciones, estas últimas motivo de cuestionamientos por parte de Andrés Manuel López Obrador y sus seguidores.
En días previos, otros tres jueces de distrito también se negaron a admitir demandas similares, que fueron promovidas por la Alianza Democrática Nacional de Trabajadores Petroleros, grupo disidente del STPRM y por la asociación civil Comité Nacional de Estudios de la Energía, vinculada a la Unión de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera. También fue rechazado un amparo del Partido Socialdemócrata, que cuestionaba el procedimiento legislativo para la aprobación de las reformas. Las organizaciones quejosas tienen diez días hábiles para impugnar los desechamientos, mediante recursos de revisión que inicialmente serán turnados a tribunales colegiados de circuito. Cuando promovió su amparo, Monreal dijo que la intención era que la Corte ejerciera su facultad de atracción sobre el caso.
La reforma energética fue aprobada por amplia mayoría en ambas Cámaras del Congreso, lo que bloqueó la posibilidad de una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, pues para presentar este recurso se requiere la firma de al menos la tercera parte de los diputados o senadores. Este recurso era el único que hubiera podido llevar a una declaración general de invalidez de las nuevas leyes; los amparos, aun si fueran tramitados y otorgados, sólo protegen a las personas que los promovieron contra la aplicación de las normas impugnadas.
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