- Lineamientos de la Ssa atentan contra la libertad de comercio
- Confirma tribunal que es inconstitucional impedir venta de antibióticos sin receta
SI NECESITAS ANTIBIOTICO Y NO TIENES RECETA YA TE FREGASTE Y ADEMÁS ES UN PINCHE NEGOCIO DE LAS FARMACEUTICAS
Un tribunal federal confirmó ayer la inconstitucionalidad del acuerdo expedido por la Secretaría de Salud en mayo de 2010, el cual impide a las farmacias la venta de antibióticos sin receta médica.
El cuarto tribunal colegiado en materia administrativa del segundo circuito resolvió en el mismo sentido que hace algunos meses en el juzgado octavo de distrito con sede en Naucalpan, al determinar que los lineamientos de la dependencia violan los artículos primero y quinto de la Constitución, al dar trato diferenciado a los vendedores de antibióticos, y atentan contra la libertad de comercio, además de que no fueron debidamente justificados.
Con este criterio judicial, que sólo beneficia a la solicitante del amparo, se abre paso para que pacientes e incluso comerciantes acudan al juicio de garantías y puedan obtener la protección de la justicia.
El colegiado resolvió que los lineamientos no se aplican de manera igual a los vendedores de antibióticos, porque aquella norma excluye de su ámbito, sin justificación alguna, a los laboratorios y grandes distribuidores que, al igual que los quejosos, se dedican a la venta de antibióticos, refiere el fallo.
Añade que prohibir a los quejosas la venta de antibióticos sin receta médica viola la garantía de libertad de comercio contenida en el artículo quinto de la Carta Magna, porque no existe una justificación jurídica válida para impedir a las farmacias que desarrollen actividades lícitas como expender productos que se encuentran legalmente dentro del comercio, máxime cuando no existe una prueba válida en la exposición de motivos que sustente el interés de la sociedad y que pretenda proteger sus derechos
La sentencia de Guzmán fue impugnada por la Secretaría de Salud (Ssa) y el caso se envió al cuarto tribunal colegiado en materia administrativa en Toluca, que el 26 de agosto consideró que la Suprema Corte de Justicia debía tener la última palabra.
Sin embargo, el presidente de la Corte, Juan Silva Meza, se negó el 5 de octubre a admitir el caso y lo devolvió al tribunal colegiado, porque los lineamientos no tienen rango de ley federal o local.
El fallo, hasta ahora el único conocido públicamente, derivó del amparo promovido por Ana Altamirano Báez y Jovita Chávez Baltazar, quienes cuentan con licencia sanitaria para farmacia expedida por el Instituto de Salud del estado de México.
Alfredo Méndez
Periódico La Jornada
Miércoles 16 de mayo de 2012, p. 49
http://www.jornada.unam.mx
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